III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2022-5914)
Acuerdo de 17 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, relativo a la aprobación de las normas de reparto de asuntos, constitución y funcionamiento de las distintas salas del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 50626

c) Las causas cuyo objeto procesal se refiera a hechos contra la libertad sexual,
que afecten a menores de edad.
d) Cualquier otra causa, una vez transcurridos seis meses desde su ingreso en la
Sección de apelaciones.
Tercero. Reparto de asuntos entre quienes integran la sección.
3.1 El reparto de los asuntos, tanto los ya registrados –salvo aquellos en los que se
haya asignado la ponencia y estén pendientes de deliberación y fallo– como de los que
tengan su entrada a partir de la vigencia de estas nomas, se realizará en los turnos A, B,
C, y D, estando el E pendiente de asignar cuando se incorpore el magistrado que se
encuentra en servicios especiales.
Se establecen las correspondencias siguientes:
A. Doña Angels Vivas Larruy.
B. Don Carlos Mir Puig.
C. Doña Roser Bach Fabregó.
D. Doña María Jesús Manzano Meseguer.
E. Francisco Segura Sancho, magistrado pendiente incorporación procedente de
servicios especiales, actualmente en el servicio de inspección del CGPJ.
3.2 Mientras dure la exención de reparto del 50 % a la magistrada doña Roser Bach
Fabregó, por mor de su condición de integrante del CGPJ, se le repartirán
exclusivamente las ponencias correspondientes, en la indicada proporción, de cada una
de las materias.
3.3 Con la finalidad de evitar trámites de abstención o recusación, si en alguno de
los asuntos ingresados consta la intervención de alguna de las personas que integran la
sección de apelaciones, correrá el turno y se repartirá a quien le siga, haciendo la debida
compensación.
3.4 El reparto de asuntos será semanal, en número de tres ponencias a cada turno
por semana; sin perjuicio de que, por necesidades del servicio y en función de la entrada
de asuntos, pueda acordarse por la presidencia variar el número de ponencias
asignadas, o en su caso acordar repartos con carácter extraordinario.
3.5 Las apelaciones contra autos, se señalarán a la mayor brevedad y con
independencia del resto de los asuntos repartidos.
3.6 Crearan antecedente a efectos de conocimiento, para quien hubiera sido
ponente y sin perjuicio de que le corra el turno, los recursos contra sentencias anuladas
por la sección contra las que se dé posterior recurso. Así como los incidentes de nulidad.
3.7 Los expedientes de indulto que puedan generarse, se atribuirán a quién haya
sido ponente de la sentencia dictada por la Sección. (…)».

cve: BOE-A-2022-5914
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 17 de marzo de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X