III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-5829)
Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Reus, para la redacción del proyecto básico, proyectos de construcción, ejecución y dirección de las obras, y el mantenimiento de la nueva estación de Reus - Bellissens y un paso inferior urbano integrado en su entorno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48849
a.5) Abonar a ADIF las cuantías correspondientes a la certificación de los trabajos
incurridos para la redacción del proyecto del paso inferior urbano, sus accesos y
urbanización del entorno, así como la parte correspondiente asociada a las partidas
conjuntas descritas en el punto anterior, cuyo desglose se especifica en la cláusula
cuarta.
b)
Cesión de suelos.
b.1) Ceder gratuitamente a ADIF para su destino al servicio ferroviario de interés
general la propiedad de la superficie de la parcela con referencia
catastral 2167301CF4526G0001OI que sea requerida para la ubicación de la estación y
sus instalaciones (la que resulte necesaria a tal efecto en el Proyecto Constructivo de la
estación de cercanías a redactar). Estos terrenos pasarán a formar parte, desde el
momento de la formalización de la escritura pública o documento administrativo
correspondiente, de los bienes afectos al servicio ferroviario de interés general tal y
como se establece en la Ley del Sector Ferroviario, integrándose en el Inventario de
bienes inmuebles de titularidad de ADIF.
b.2) Obtendrá los suelos que resulten necesarios, según el Proyecto Constructivo
de la estación de cercanías y del Proyecto Constructivo del Paso Inferior Urbano, ambos
a redactar, de la parcela con referencia catastral 2267501CF4526G0001OI para la
ubicación de la estación y sus instalaciones. Una vez obtenidos, cederá gratuitamente a
ADIF para su destino al servicio ferroviario de interés general la propiedad de los suelos
que contengan instalaciones ferroviarias. Estos terrenos pasarán igualmente a formar
parte, desde el momento de la formalización de la escritura pública o documento
administrativo correspondiente, de los bienes afectos al servicio ferroviario de interés
general tal y como se establece en la Ley del Sector Ferroviario, integrándose en el
Inventario de bienes inmuebles de titularidad de ADIF.
Con carácter previo al inicio de la ejecución de las obras de construcción de la
estación de Cercanías y del Proyecto Constructivo del Paso Inferior Urbano, el
Ayuntamiento de Reus pondrá a disposición de ADIF los suelos necesarios para la
ejecución de dichas obras.
Las transmisiones de propiedad anteriormente citadas se efectuarán conforme a los
previsto en los artículos 211 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Municipal y de
régimen local de Cataluña (aprobado por Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril) y en
los artículos 49 y siguientes del Decreto 336/1988, por el que se aprueba el Reglamento
del patrimonio de las entidades locales de Cataluña.
c)
Obra
Una vez finalizadas y recibidas las obras asociadas al proyecto del Paso inferior
urbano por parte de ADIF, se comunicará al Ayuntamiento de Reus tal circunstancia,
adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su uso público a
este último para su explotación, mantenimiento y conservación. A partir de tal entrega, el
Ayuntamiento de Reus se hará cargo, a todos los efectos, de las mismas,
correspondiéndole todas las obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y
conservación; incluidos los tributos de todo tipo, bien sean estatales, autonómicos o
locales, que puedan recaer sobre los bienes y equipamientos entregados o sobre el uso
de los mismos.
Una vez entregadas las obras del Paso inferior urbano objeto del presente Convenio,
ADIF quedará exonerado de cuantas responsabilidades se deriven por la utilización, uso,
cve: BOE-A-2022-5829
Verificable en https://www.boe.es
c.1) Asumir la financiación necesaria para la ejecución y dirección facultativa de las
obras asociadas al Proyecto de Construcción del paso inferior urbano, en el que también
se definirán los accesos al mismo y urbanización de su entorno inmediato.
c.2) Recibir la infraestructura «Paso inferior urbano», las instalaciones asociadas y
los accesos al mismo, situados a ambos lados de la estación.
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48849
a.5) Abonar a ADIF las cuantías correspondientes a la certificación de los trabajos
incurridos para la redacción del proyecto del paso inferior urbano, sus accesos y
urbanización del entorno, así como la parte correspondiente asociada a las partidas
conjuntas descritas en el punto anterior, cuyo desglose se especifica en la cláusula
cuarta.
b)
Cesión de suelos.
b.1) Ceder gratuitamente a ADIF para su destino al servicio ferroviario de interés
general la propiedad de la superficie de la parcela con referencia
catastral 2167301CF4526G0001OI que sea requerida para la ubicación de la estación y
sus instalaciones (la que resulte necesaria a tal efecto en el Proyecto Constructivo de la
estación de cercanías a redactar). Estos terrenos pasarán a formar parte, desde el
momento de la formalización de la escritura pública o documento administrativo
correspondiente, de los bienes afectos al servicio ferroviario de interés general tal y
como se establece en la Ley del Sector Ferroviario, integrándose en el Inventario de
bienes inmuebles de titularidad de ADIF.
b.2) Obtendrá los suelos que resulten necesarios, según el Proyecto Constructivo
de la estación de cercanías y del Proyecto Constructivo del Paso Inferior Urbano, ambos
a redactar, de la parcela con referencia catastral 2267501CF4526G0001OI para la
ubicación de la estación y sus instalaciones. Una vez obtenidos, cederá gratuitamente a
ADIF para su destino al servicio ferroviario de interés general la propiedad de los suelos
que contengan instalaciones ferroviarias. Estos terrenos pasarán igualmente a formar
parte, desde el momento de la formalización de la escritura pública o documento
administrativo correspondiente, de los bienes afectos al servicio ferroviario de interés
general tal y como se establece en la Ley del Sector Ferroviario, integrándose en el
Inventario de bienes inmuebles de titularidad de ADIF.
Con carácter previo al inicio de la ejecución de las obras de construcción de la
estación de Cercanías y del Proyecto Constructivo del Paso Inferior Urbano, el
Ayuntamiento de Reus pondrá a disposición de ADIF los suelos necesarios para la
ejecución de dichas obras.
Las transmisiones de propiedad anteriormente citadas se efectuarán conforme a los
previsto en los artículos 211 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Municipal y de
régimen local de Cataluña (aprobado por Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril) y en
los artículos 49 y siguientes del Decreto 336/1988, por el que se aprueba el Reglamento
del patrimonio de las entidades locales de Cataluña.
c)
Obra
Una vez finalizadas y recibidas las obras asociadas al proyecto del Paso inferior
urbano por parte de ADIF, se comunicará al Ayuntamiento de Reus tal circunstancia,
adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su uso público a
este último para su explotación, mantenimiento y conservación. A partir de tal entrega, el
Ayuntamiento de Reus se hará cargo, a todos los efectos, de las mismas,
correspondiéndole todas las obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y
conservación; incluidos los tributos de todo tipo, bien sean estatales, autonómicos o
locales, que puedan recaer sobre los bienes y equipamientos entregados o sobre el uso
de los mismos.
Una vez entregadas las obras del Paso inferior urbano objeto del presente Convenio,
ADIF quedará exonerado de cuantas responsabilidades se deriven por la utilización, uso,
cve: BOE-A-2022-5829
Verificable en https://www.boe.es
c.1) Asumir la financiación necesaria para la ejecución y dirección facultativa de las
obras asociadas al Proyecto de Construcción del paso inferior urbano, en el que también
se definirán los accesos al mismo y urbanización de su entorno inmediato.
c.2) Recibir la infraestructura «Paso inferior urbano», las instalaciones asociadas y
los accesos al mismo, situados a ambos lados de la estación.