II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Destinos. (BOE-A-2022-5818)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 10 de febrero de 2022, en la Carrera Diplomática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 9 de abril de 2022

Sec. II.A. Pág. 48751

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
5818

Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución
de 10 de febrero de 2022, en la Carrera Diplomática.

Por resolución de la Subsecretaría de 10 de febrero de 2022 se convocó la provisión
de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en la Carrera Diplomática (BOE
núm. 39, de 15 de febrero).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, este
ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria de referencia según
se detalla en el anexo I.
Los nombramientos en el nuevo destino se harán conforme a lo establecido en el
artículo 14 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de
trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática.
La incorporación a los puestos asignados se producirá durante el mes de agosto
de 2022, excepto en los casos especificados en la presente convocatoria.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de su Comunidad (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, a su elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó.

cve: BOE-A-2022-5818
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 6 de abril de 2022.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.