III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-5834)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos referentes a las tablas salariales para el año 2021 del Convenio colectivo estatal para las industrias del curtido, correas, cueros industriales y curtición de pieles para peletería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 9 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 48879

Por UGT:
Julián González.
Por ACEXPIEL:
Anna García.
Enrique Hervás Micolau.
1.

Actualización Tablas salariales 2021 (definitivas).

De conformidad con el artículo 29 del convenio colectivo, al ser el porcentaje del IPC
real (6,5% para el año 2021), superior al incremento pactado (2% para el año 2021),
procede la aplicación de la cláusula de revisión salarial hasta el límite del 2,5 % pactado.
Se adjunta como Anexo 1, las tablas salariales definitivas 2021.
2.

Atrasos salariales 2021.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del convenio, procede el abono de
atrasos correspondientes al año 2021 (diferencia entre el límite del 2,5 % y el incremento
del 2 % ya aplicado en las tablas provisionales 2021), abonándose la revisión de los
atrasos salariales con efectos desde el 1 de enero de 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del convenio, los atrasos salariales
se abonarán dentro del mes siguiente a la entrada en vigor del mismo, efectuándose por
la empresa la cotización complementaria correspondiente a la Seguridad Social, como
máximo al mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3.

Delegación de firma.

Se autoriza indistintamente a don Enrique Hervás Micolau y a don Arturo Caballer
Martínez, para que en nombre de la comisión paritaria realice los trámites necesarios para
la publicación de la actualización de las tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado».
ANEXO 1
Tablas salariales definitivas Nomenclátor 2021
Tablas salariales Nomenclátor 2021 definitivas
Salario día
Nomenclátor

Salario mes
Nomenclátor

Grupo 0.

2.900,15

Grupo 1.

2.319,92

Grupo 2.

1.978,34

Grupo 3 - Nivel I.

1.532,21

Grupo 3 - Nivel II.

44,14

Grupo 4 - Nivel I empleados.
Grupo 4 - Nivel I operarios (*).

Complemento
Nomenclátor

1.342,50
1.445,98

40,41

Grupo 4 - Nivel II empleados.

1.228,99

0,91 (1)

1.184,38

7,23 (2)

Grupo 4 - Nivel II operarios.

38,94

1.184,46

Grupo 5.

37,99

1.155,57

(1) Complemento exclusivamente, para el puesto de trabajo de Clasificación de 1.ª
(2) Complemento exclusivamente para el puesto de trabajo de telefonista sin idiomas.
(*) Complemento exclusivamente para el puesto de trabajo de jefatura: 10%.

cve: BOE-A-2022-5834
Verificable en https://www.boe.es

Grupo profesional
Nomenclátor