III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-5849)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de grado y de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 9 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49023

Así mismo, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de
Protección de Datos, especialmente cuando no esté satisfecho con la respuesta del
ejercicio de sus derechos.
Undécima.

Régimen económico.

Se asumen las siguientes obligaciones económicas por cada una de las partes:
1.

La CNMV:

Asumirá aportar a cada estudiante una dotación económica en concepto de bolsa o
ayuda al estudio. Se hará constar expresamente dicha dotación individualizada en el
Anexo que se suscriba con el estudiante. Esta dotación está determinada por el número
de horas diarias de jornada que realice el estudiante y las cuantías son las que a
continuación se detallan:
Duración de las prácticas

Ayuda al estudio

Euros/mes

4 horas/día.

400

5 horas/día.

500

6 horas/día.

600

Jornada completa.

750

Se estima un coste máximo de 153.295 euros, que se corresponden con la cantidad
total que la CNMV asumirá en concepto de ayudas al estudio desglosados en las
siguientes anualidades:
Año 1: 38.324 euros.
Año 2: 38.324 euros.
Año 3: 38.324 euros.
Año 4: 38.324 euros.
Total: 153.295 euros.
Asimismo será el organismo encargado del cumplimiento de las obligaciones en
materia de seguridad social que pudieran derivarse como consecuencia de la aplicación
de la disposición adicional quinta del Real Decreto 28/2018, de 28 de diciembre,
respecto a los alumnos que se acojan al presente convenio y realicen prácticas
en CNMV.
2.

La UAM:

Asumirá el coste del seguro de responsabilidad civil de los estudiantes. El coste del
seguro escolar corresponderá a los estudiantes.
Propiedad intelectual.

En aquellos casos en que la práctica realizada genere un producto susceptible de
propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes partes (UAM,
estudiante y la CNMV) se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
Decimotercera.

Difusión.

La UAM y la CNMV se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos
como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de las

cve: BOE-A-2022-5849
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.