V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-11360)
Extracto de la Orden de 4 de abril de 2022, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria correspondientes al año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. V-B. Pág. 17325
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
11360
Extracto de la Orden de 4 de abril de 2022, por la que se convocan
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación
literaria correspondientes al año 2022.
BDNS (Identif.): 620124.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
620124)
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas, mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia
en España. Cada participante solo podrá concurrir con un proyecto.
Segundo. Objeto.
Proyecto de creación literaria de obras originales, para apoyar la vocación
artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades, obras
que habrán de estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas en
las modalidades de narrativa (novela, novela corta y relato), poesía, literatura
infantil y juvenil, cómic y novela gráfica, ensayo, teatro, traducción e ilustración.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio
de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Plazo de presentación. Formalización de la solicitud.
Cuarto 1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Cuarto 2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General del Libro y
Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
Quinto. Importe.
Madrid, 4 de abril de 2022.- El Ministro de Cultura y Deporte. P.D. (apartado
quinto de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), la Directora General del
Libro y Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
ID: A220013561-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2022-11360
Verificable en https://www.boe.es
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 500.000
euros.
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. V-B. Pág. 17325
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11360
Extracto de la Orden de 4 de abril de 2022, por la que se convocan
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación
literaria correspondientes al año 2022.
BDNS (Identif.): 620124.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
620124)
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas, mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia
en España. Cada participante solo podrá concurrir con un proyecto.
Segundo. Objeto.
Proyecto de creación literaria de obras originales, para apoyar la vocación
artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades, obras
que habrán de estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas en
las modalidades de narrativa (novela, novela corta y relato), poesía, literatura
infantil y juvenil, cómic y novela gráfica, ensayo, teatro, traducción e ilustración.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio
de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Plazo de presentación. Formalización de la solicitud.
Cuarto 1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Cuarto 2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General del Libro y
Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
Quinto. Importe.
Madrid, 4 de abril de 2022.- El Ministro de Cultura y Deporte. P.D. (apartado
quinto de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre), la Directora General del
Libro y Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
ID: A220013561-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2022-11360
Verificable en https://www.boe.es
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 500.000
euros.