II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-5725)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que se ofrecen a los/las aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. II.B. Pág. 47457
Tercero.
Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta
Orden de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas
ofertadas, indicando el órgano, la localidad, la provincia y la función.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma,
por no solicitar un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia por
provincias que los/las interesados/as indiquen en el modelo de solicitud.
Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
Tribunal Superior de Justicia.
Audiencia Provincial.
Fiscalía.
Institutos de Medicina Legal.
Decanatos y servicios comunes.
Juzgados de Instrucción.
Juzgados de lo Penal.
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Juzgados de Primera Instancia.
Juzgados de lo Mercantil.
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Juzgados de lo Social.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Juzgados de Menores.
Juzgados de Paz.
Cuarto.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Quinto.
Ningún/a aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo
de presentación de las mismas.
Sexto.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas,
se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no
adjudicadas.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
Octavo.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
cve: BOE-A-2022-5725
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. II.B. Pág. 47457
Tercero.
Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta
Orden de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas
ofertadas, indicando el órgano, la localidad, la provincia y la función.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma,
por no solicitar un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia por
provincias que los/las interesados/as indiquen en el modelo de solicitud.
Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
Tribunal Superior de Justicia.
Audiencia Provincial.
Fiscalía.
Institutos de Medicina Legal.
Decanatos y servicios comunes.
Juzgados de Instrucción.
Juzgados de lo Penal.
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Juzgados de Primera Instancia.
Juzgados de lo Mercantil.
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Juzgados de lo Social.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Juzgados de Menores.
Juzgados de Paz.
Cuarto.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Quinto.
Ningún/a aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo
de presentación de las mismas.
Sexto.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas,
se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no
adjudicadas.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
Octavo.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
cve: BOE-A-2022-5725
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.