I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1058)
Real Decreto 46/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen y Sonido, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, Sanidad, Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 8469

CE2.3 Seleccionar el número y la función de los trabajadores que han de
participar en un proyecto de audiodescripción a partir de las características de este.
CE2.4 Valorar el tiempo que ha de destinarse a cada una de las secuencias de
producción en que se divida un proyecto de audiodescripción, analizando para ello el
plazo del que se dispone.
C3: Recopilar material relativo al programa grabado de contenido audiovisual que se
haya de audiodescribir, analizando la información que aporta con vistas a la realización de
un guion de audiodescripción.
CE3.1 Adaptar, si procede, el archivo de vídeo del programa que ha de
audiodescribirse a un formato compatible con la aplicación informática con la que se
crea el guion de audiodescripción.
CE3.2 Disponer la pista de audio en alta calidad, utilizando para ello sistemas
informáticos específicos.
CE3.3 Recopilar información adicional a la aportada por el vídeo del programa
(como guiones o libros de temática cinematográfica), analizándola para valorar su
relevancia con vistas a la realización del guion de audiodescripción.
C4: Elaborar guiones de audiodescripción de programas grabados de contenido
audiovisual, ajustando la duración y el texto de los bocadillos de información a los huecos
de mensaje existentes.
CE4.1 Dominar las normas ortográficas y gramaticales de la lengua española o
lenguas cooficiales, si procede, en la que se vaya a audiodescribir un programa
grabado de contenido audiovisual.
CE4.2 Dominar la reglamentación establecida por la norma técnica de
audiodescripción, aplicándola siempre a la hora de crear guiones de audiodescripción
para adaptar estos a las necesidades de las personas con ceguera o discapacidad
visual.
CE4.3 En un supuesto práctico de escritura de un guion de audiodescripción de
un programa grabado de contenido audiovisual:
- Adaptar la escritura del guion a la duración de los huecos de mensaje
disponibles, utilizando para ello recursos lingüísticos que sinteticen el contenido del
mensaje.
- Fijar las indicaciones temporales de los bocadillos de información a partir de los
códigos de tiempos del archivo de vídeo del programa que se audiodescriba,
sincronizando, en el caso de utilizar una aplicación informática de audiodescripción,
el código de tiempos del guion con el del vídeo.
- Describir la información visual objetivamente, sin censurar ni alterar lo que
muestra la imagen y sin descubrir ni adelantar la trama, evitando además transmitir
puntos de vista subjetivos.

cve: BOE-A-2022-1058
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Núm. 20