I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1057)
Real Decreto 45/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
679 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7780
CR3.2 Los riesgos ligados a las condiciones de seguridad, al medio ambiente de
trabajo y a la organización del trabajo se evalúan dentro del ámbito de su competencia
para adoptar las medidas preventivas oportunas.
CR3.3 Los riesgos graves e inminentes detectados en el desarrollo de la
evaluación elemental se comunican por escrito al personal responsable superior para
la adopción de medidas conforme a normativa.
CR3.4 Las posturas forzadas o sobreesfuerzos del personal operario se vigilan
dotándoles, en su caso, de herramientas ergonómicas o formación sobre
manipulación de cargas.
CR3.5 Las medidas preventivas se proponen de acuerdo a su ámbito de
competencia y a los riesgos evaluados para mejorar las condiciones de trabajo y
reducir riesgos.
RP4: Colaborar en la evaluación y control de los riesgos generales y específicos de los
trabajos a realizar, efectuando visitas al efecto, recabando opiniones, quejas y sugerencias,
registrando datos, actuando como recurso preventivo y cuantas funciones análogas sean
necesarias para prevenir la ocurrencia de accidentes y/o enfermedades profesionales.
CR4.1 La colaboración con el servicio de prevención en el desarrollo de la
evaluación de riesgos se realiza aportando al personal encargado las apreciaciones
y sugerencias del personal trabajador para resolver los aspectos problemáticos
relacionados con la seguridad y salud de los trabajadores.
CR4.2 Los riesgos detectados en la evaluación de riesgos, se comprueban de
manera periódica, mediante la visita de los puestos de trabajo, confirmando que
están controlados, y que se aplican las medidas preventivas propuestas en la
planificación preventiva, para evitar riesgos de accidente y/o de enfermedad
profesional.
CR4.3 La información aportada por los trabajadores, sobre problemas detectados
o incidentes ocurridos en la realización de actividades potencialmente peligrosas, se
recopila para poner de manifiesto la necesidad de adoptar medidas preventivas
complementarias.
CR4.4 El cumplimiento de las actividades preventivas, en el caso de la realización
de actividades y procesos peligrosos, se controla presencialmente, cuando ha sido
asignado por el personal responsable para tal fin.
CR4.5 La información relativa a accidentes y/o incidentes -hechos ocurridos,
equipos y su estado, personas involucradas, posibles causas, entre otros- se recopila
para la cumplimentación del parte de accidentes por el personal responsable.
RP5: Colaborar en el desarrollo de las medidas y protocolos de emergencia y
evacuación, así como en el control y mantenimiento de los equipos, instalaciones y
señalización vinculados, para actuar en caso de emergencia y primeros auxilios.
CR5.1 Las zonas de paso, salidas y vías de evacuación previstas en casos de
emergencia se revisan comprobando que están libres de obstáculos e iluminadas,
cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7780
CR3.2 Los riesgos ligados a las condiciones de seguridad, al medio ambiente de
trabajo y a la organización del trabajo se evalúan dentro del ámbito de su competencia
para adoptar las medidas preventivas oportunas.
CR3.3 Los riesgos graves e inminentes detectados en el desarrollo de la
evaluación elemental se comunican por escrito al personal responsable superior para
la adopción de medidas conforme a normativa.
CR3.4 Las posturas forzadas o sobreesfuerzos del personal operario se vigilan
dotándoles, en su caso, de herramientas ergonómicas o formación sobre
manipulación de cargas.
CR3.5 Las medidas preventivas se proponen de acuerdo a su ámbito de
competencia y a los riesgos evaluados para mejorar las condiciones de trabajo y
reducir riesgos.
RP4: Colaborar en la evaluación y control de los riesgos generales y específicos de los
trabajos a realizar, efectuando visitas al efecto, recabando opiniones, quejas y sugerencias,
registrando datos, actuando como recurso preventivo y cuantas funciones análogas sean
necesarias para prevenir la ocurrencia de accidentes y/o enfermedades profesionales.
CR4.1 La colaboración con el servicio de prevención en el desarrollo de la
evaluación de riesgos se realiza aportando al personal encargado las apreciaciones
y sugerencias del personal trabajador para resolver los aspectos problemáticos
relacionados con la seguridad y salud de los trabajadores.
CR4.2 Los riesgos detectados en la evaluación de riesgos, se comprueban de
manera periódica, mediante la visita de los puestos de trabajo, confirmando que
están controlados, y que se aplican las medidas preventivas propuestas en la
planificación preventiva, para evitar riesgos de accidente y/o de enfermedad
profesional.
CR4.3 La información aportada por los trabajadores, sobre problemas detectados
o incidentes ocurridos en la realización de actividades potencialmente peligrosas, se
recopila para poner de manifiesto la necesidad de adoptar medidas preventivas
complementarias.
CR4.4 El cumplimiento de las actividades preventivas, en el caso de la realización
de actividades y procesos peligrosos, se controla presencialmente, cuando ha sido
asignado por el personal responsable para tal fin.
CR4.5 La información relativa a accidentes y/o incidentes -hechos ocurridos,
equipos y su estado, personas involucradas, posibles causas, entre otros- se recopila
para la cumplimentación del parte de accidentes por el personal responsable.
RP5: Colaborar en el desarrollo de las medidas y protocolos de emergencia y
evacuación, así como en el control y mantenimiento de los equipos, instalaciones y
señalización vinculados, para actuar en caso de emergencia y primeros auxilios.
CR5.1 Las zonas de paso, salidas y vías de evacuación previstas en casos de
emergencia se revisan comprobando que están libres de obstáculos e iluminadas,
cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20