I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-1055)
Acuerdo internacional administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno del Reino de España para la celebración de la 24.ª reunión de la Asamblea General de la OMT, hecho en Madrid el 3 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Lunes 24 de enero de 2022

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participantes, que se difundirá electrónicamente entre los participantes inscritos y se
incluirá en la web de la Organización.
II.

Logística de la reunión

4. La Organización comunicará regularmente a las autoridades debidamente
designadas por el Gobierno los nombres y los datos de contacto de los participantes
inscritos a través de su web, y coordinará además en general con el país anfitrión todos
los aspectos logísticos de la Reunión.
5. La Organización supervisará la preparación de la sala, así como la inscripción de
los participantes en el lugar de la Reunión.
6. Durante la Reunión, la Organización comunicará a los participantes cualquier
información logística que sea de su interés (horario de las sesiones, traslados, eventos
sociales, etc.).
7. Al finalizar la Reunión, la Organización difundirá electrónicamente un
cuestionario de evaluación entre los participantes.
Todas las fotografías o vídeos tomados durante el evento serán de propiedad compartida
de la OMT y el país anfitrión, que los utilizarán únicamente para fines oficiales.
III.

Orden del día y debates

8. La Organización estructurará el orden del día y el programa de la Reunión.
9. La Organización asumirá la dirección de los debates durante las sesiones. El
Presidente de la Asamblea dirigirá las deliberaciones de las sesiones plenarias y velará
por el ordenado desarrollo de los debates en todas las sesiones, de conformidad con el
Reglamento de la Asamblea General. En particular, garantizará el correcto desarrollo de
los trabajos de la Asamblea, así como de las demás reuniones celebradas junto con la
Asamblea, de acuerdo con las responsabilidades definidas en los artículos pertinentes
de los Estatutos de la Organización y en los Reglamentos de la Asamblea General, del
Consejo Ejecutivo y del Comité de Miembros Afiliados
IV.

Documentación

10. La Organización se ocupará de la redacción de los documentos para la
Reunión, los traducirá a su cargo a las cinco lenguas oficiales y los distribuirá antes,
durante y después de la Reunión, coordinará la reproducción en papel de los que se
elaboren en el lugar de la Reunión y los publicará en la web. También difundirá las
decisiones adoptadas en la Reunión por correo electrónico y las publicará en la web.
Servicios de interpretación

11. La Organización seleccionará y contratará cuantos intérpretes de nivel internacional
–miembros de la AIIC– sea necesario para atender a las necesidades de la Reunión en las
cinco lenguas de trabajo de la Organización, de conformidad con el Acuerdo entre Naciones
Unidas y la AIIC, y asumirá el pago de sus honorarios. Algunos intérpretes pueden
contratarse en el entorno local siempre que sean miembros de la Asociación Internacional de
Intérpretes de Conferencias (AIIC) y cumplan los requisitos de la Organización. Los
honorarios de los intérpretes correrán por cuenta de la Organización.
***
El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 3 de diciembre
de 2021, fecha de su firma, según se establece en su apartado XIII.
Madrid, 17 de enero de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-1055
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V.