III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-1046)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión del Centro Universitario de la Defensa de San Javier al Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la evaluación de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7641

tras su nombramiento por Resolución 455/38317/2019, de 23 de octubre, de la
Subsecretaría de Defensa.
EXPONEN
Primero.
ANECA, a través de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
(en adelante CNEAI), realiza la evaluación de la actividad investigadora de los
funcionarios de carrera e interinos de los cuerpos docentes universitarios de
universidades públicas y de los organismos públicos de investigación de la
Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4.2.
del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado
universitario.
Segundo.
Las universidades públicas precisan contar con un sistema de evaluación de su
personal docente e investigador contratado que sea equiparable al sistema de
evaluación de su personal docente e investigador con la condición de funcionario de
carrera e interino. Esta equiparación lo es en cuanto a la evaluación misma considerada,
siendo ajena esta equiparación a lo que establece el Real Decreto 1086/1989, de 28 de
agosto para el personal docente funcionario de carrera, así como a lo previsto en el
artículo 55 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Tercero.
ANECA y el Centro Universitario de la Defensa de San Javier tienen un interés común
en la mejora de la calidad del personal docente e investigador, y el Centro Universitario de
la Defensa de San Javier está interesado en poder contar con dicho sistema de evaluación
de su personal docente e investigador contratado no funcionario. Por ello, ambas partes,
con fecha 22 de junio de 2017, firmaron una encomienda por Convenio por la cual el Centro
Universitario de la Defensa encargó a ANECA la evaluación por la CNEAI de la actividad
investigadora del profesorado contratado doctor permanente.
Cuarto.
Se requiere formalizar una nueva encomienda por Convenio para que ANECA pueda
realizar las evaluaciones de la actividad investigadora del personal docente e
investigador contratado que necesite el Centro Universitario de la Defensa.

La CNEAI no realiza a través de este Convenio, en ningún caso, la evaluación del
personal docente e investigador contratado del Centro Universitario de la Defensa de San
Javier a efectos de percepción de las retribuciones complementarias ligadas a méritos
individuales, docentes, investigadores y de gestión a que se refiere el artículo 55 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre. De este modo no se distorsiona el modelo de carrera
docente e investigadora que establece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y que
reafirma la modificación operada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
A la luz de lo anterior, ANECA y el Centro Universitario de la Defensa de San Javier
ACUERDAN suscribir el presente Convenio de encomienda de gestión, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que se regirá por las siguientes

cve: BOE-A-2022-1046
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.