III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-1047)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión del Centro Universitario de la Defensa en la Escuela Naval Militar al Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la evaluación de la actividad investigadora de personal docente e investigador contratado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7647

EXPONEN
Primero.
ANECA, a través de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
(en adelante CNEAI), realiza la evaluación de la actividad investigadora de los
funcionarios de carrera e interinos de los cuerpos docentes universitarios de
universidades públicas y de los organismos públicos de investigación de la
Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4.2
del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado
universitario.
Segundo.
El CUD-ENM precisa contar con un sistema de evaluación de su personal docente e
investigador contratado que sea equiparable al sistema de evaluación del personal
docente e investigador con la condición de funcionario de carrera e interino. Esta
equiparación lo es en cuanto a la evaluación misma considerada, siendo ajena esta
equiparación a lo que establece el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, para el
personal docente funcionario de carrera, así como a lo previsto en el artículo 55 de la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Tercero.
ANECA y el CUD-ENM tienen un interés común en la mejora de la calidad del
personal docente e investigador, y el CUD-ENM está interesado en poder contar con
dicho sistema de evaluación de su personal docente e investigador contratado. Por ello,
ambas partes, con fecha 28 de marzo de 2019, firmaron una encomienda por convenio
por la cual el CUD-ENM encargó a ANECA la evaluación por la CNEAI de la actividad
investigadora del profesorado contratado doctor permanente.
Cuarto.
Se requiere formalizar una nueva encomienda por convenio para que ANECA pueda
realizar las evaluaciones de la actividad investigadora del personal docente e
investigador contratado que necesite el CUD-ENM.
Quinto.

A la luz de lo anterior, ANECA y el CUD-ENM acuerdan suscribir el presente
convenio de encomienda de gestión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se regirá por
las siguientes

cve: BOE-A-2022-1047
Verificable en https://www.boe.es

La CNEAI no realiza a través de este convenio, en ningún caso, la evaluación del
personal docente e investigador contratado del CUD-ENM a efectos de percepción de las
retribuciones complementarias ligadas a méritos individuales, docentes, investigadores y
de gestión a que se refiere el artículo 55 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
De este modo no se distorsiona el modelo de carrera docente e investigadora que
establece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y que reafirma la modificación
operada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.