III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-1034)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona y la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Barcelona Mobile World Capital".
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7577

De otra parte, el señor Jordi Puigneró Ferrer, en representación de la Generalitat de
Catalunya, como Vicepresidente y Consejero de Políticas Digitales y Territorio, de
acuerdo con el Decreto 22/2021, de 26 de mayo, por el que se nombran el
vicepresidente del Gobierno y los consejeros y consejeras de los departamentos de la
Generalitat de Catalunya.
De otra parte, la Excma. señora Ada Colau Ballano, Alcaldesa del Ayuntamiento de
Barcelona, con la asistencia del Secretario General de la Corporación, señor don Jordi
Cases i Pallarès, nombrado por Decreto de Alcaldía de fecha 18 de junio de 2002, en
funciones de fedatario público y de asesoramiento legal según disponen los artículos 3
y 7 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, así
como el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Y, de otra, el señor Carlos Grau Lara, en representación de la Fundació Barcelona
Mobile World Capital Foundation, en uso de las facultades que le atribuye el acuerdo del
Patronato de fecha 8 de noviembre de 2017.
Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente para obligarse y
convenir y, al efecto,
EXPONEN
I. Que Mobile World Capital Barcelona es una iniciativa que impulsa el desarrollo
digital de la sociedad y ayuda a mejorar la vida de las personas a nivel global. Con apoyo
público y privado, Mobile World Capital Barcelona centra su actividad en cuatro áreas: la
aceleración de la innovación a través del emprendimiento digital; la transformación de la
industria mediante la tecnología digital; el crecimiento del talento digital entre las nuevas
generaciones y los profesionales; y la reflexión sobre el impacto de la tecnología en
nuestra sociedad. En conjunto, dichos programas están transformando de forma positiva
la economía, la educación y la sociedad. MWCapital acoge MWC Barcelona y fundó 4
Years From Now (4YFN), la plataforma de negocios para la comunidad de startups
presente en todos los eventos de MWC en todo el mundo.
II. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la
ley que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés
público regulará la creación de un consorcio o la designación de un órgano
administrativo que se encargue de la ejecución del programa y que certifique la
adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que
necesariamente estarán representadas las Administraciones Públicas interesadas en el
acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo
necesario el voto favorable de la representación de dicho Ministerio para la emisión de
las citadas certificaciones.
III. Que la disposición adicional septuagésima novena de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, otorga a «Barcelona
Mobile World Capital» la consideración de acontecimiento de excepcional interés público,
a efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002.
IV. Que el apartado tres de dicha disposición adicional señala que «La certificación
de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de
diciembre», añadiendo en el apartado cuatro de aquella que «El desarrollo y concreción
en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano competente
en conformidad con lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre».
V. Que el apartado cinco de la mencionada disposición adicional, a su vez,
preceptúa que «Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002».

cve: BOE-A-2022-1034
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 19