III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-1041)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la base de datos del padrón del INE.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7624
N/REF: 013704/2019), los datos del Padrón que pueden cederse son únicamente los
relativos al domicilio y además para ello la Administración Pública solicitante debe
facilitar la relación de personas sobre las que necesite el domicilio o residencia para el
ejercicio de sus competencias, en concordancia con el principio de minimización de los
datos establecido en el artículo 5.1.c) del RGPD, lo cual se satisface mediante la
utilización del servicio web de consulta ofrecido por el Instituto Nacional de Estadística.
Según lo establecido en el artículo 5.1.b) del RGPD la información que se facilite
proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines para los que la misma se
solicita.
También se ha de tener en cuenta que de conformidad con lo establecido por el
artículo 83.3 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades
locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su redacción dada
por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre: «Los datos de los padrones que
obren en poder del Instituto Nacional de Estadística no podrán servir de base para la
expedición de certificaciones o volantes de empadronamiento».
III
El Instituto Nacional de Estadística, conforme a los principios de cooperación y
coordinación en la actuación entre las Administraciones Públicas, desea habilitar los
medios oportunos para que la cesión de los datos del domicilio y del habitante
encontrado que constan en su base padronal se lleve a cabo de la forma más eficiente
posible en el marco legalmente vigente. Este acceso es independiente a las descargas
semestrales completas de la base padronal de todo el territorio nacional que el Instituto
Nacional de Estadística suministra a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para
la elaboración y mantenimiento de censos tributarios, y que se recogen en el convenio
entre ambas instituciones de 30 de julio de 2020 (BOE de 3 de octubre).
La tramitación de este convenio ha cumplido los trámites preceptivos que preceden a
su firma.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un Servicio Web mediante el
cual se posibilite el acceso de los órganos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) a la Base de Datos del Padrón gestionada
por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante, INE) con el fin de obtener el dato de
domicilio y del habitante encontrado con objeto exclusivo de llevar a cabo las funciones
de su competencia necesarias para la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y
del aduanero, y de aquellos recursos de otras Administraciones y Entes Públicos,
nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se encomiende a la Agencia Tributaria
por Ley o por Convenio.
Segunda. Características del Servicio Web de consulta de la Base de Datos del
Padrón.
El INE, en el marco de colaboración establecido por este convenio, pondrá a
disposición de la Agencia Tributaria, un Servicio Web de consulta de la Base de Datos
del Padrón para el acceso por parte de los usuarios autorizados del mismo.
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para cada procedimiento, siendo
necesario hacer constar para cada una su número de identificación y el motivo de
acceso a la Base de Datos del Padrón, utilizando para ello los campos «Expediente» y
cve: BOE-A-2022-1041
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7624
N/REF: 013704/2019), los datos del Padrón que pueden cederse son únicamente los
relativos al domicilio y además para ello la Administración Pública solicitante debe
facilitar la relación de personas sobre las que necesite el domicilio o residencia para el
ejercicio de sus competencias, en concordancia con el principio de minimización de los
datos establecido en el artículo 5.1.c) del RGPD, lo cual se satisface mediante la
utilización del servicio web de consulta ofrecido por el Instituto Nacional de Estadística.
Según lo establecido en el artículo 5.1.b) del RGPD la información que se facilite
proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines para los que la misma se
solicita.
También se ha de tener en cuenta que de conformidad con lo establecido por el
artículo 83.3 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades
locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su redacción dada
por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre: «Los datos de los padrones que
obren en poder del Instituto Nacional de Estadística no podrán servir de base para la
expedición de certificaciones o volantes de empadronamiento».
III
El Instituto Nacional de Estadística, conforme a los principios de cooperación y
coordinación en la actuación entre las Administraciones Públicas, desea habilitar los
medios oportunos para que la cesión de los datos del domicilio y del habitante
encontrado que constan en su base padronal se lleve a cabo de la forma más eficiente
posible en el marco legalmente vigente. Este acceso es independiente a las descargas
semestrales completas de la base padronal de todo el territorio nacional que el Instituto
Nacional de Estadística suministra a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para
la elaboración y mantenimiento de censos tributarios, y que se recogen en el convenio
entre ambas instituciones de 30 de julio de 2020 (BOE de 3 de octubre).
La tramitación de este convenio ha cumplido los trámites preceptivos que preceden a
su firma.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un Servicio Web mediante el
cual se posibilite el acceso de los órganos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) a la Base de Datos del Padrón gestionada
por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante, INE) con el fin de obtener el dato de
domicilio y del habitante encontrado con objeto exclusivo de llevar a cabo las funciones
de su competencia necesarias para la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y
del aduanero, y de aquellos recursos de otras Administraciones y Entes Públicos,
nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se encomiende a la Agencia Tributaria
por Ley o por Convenio.
Segunda. Características del Servicio Web de consulta de la Base de Datos del
Padrón.
El INE, en el marco de colaboración establecido por este convenio, pondrá a
disposición de la Agencia Tributaria, un Servicio Web de consulta de la Base de Datos
del Padrón para el acceso por parte de los usuarios autorizados del mismo.
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para cada procedimiento, siendo
necesario hacer constar para cada una su número de identificación y el motivo de
acceso a la Base de Datos del Padrón, utilizando para ello los campos «Expediente» y
cve: BOE-A-2022-1041
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19