III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-1042)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Instituto Social de la Marina y el Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la base padronal del INE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7631
III. La cláusula octava, relativa a la vigencia, dispone que el convenio resultará
eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y
mantendrá su vigencia por un periodo de cuatro años.
IV. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado», del día 14
de diciembre de 2017, por lo que su vigencia finaliza el próximo 14 de diciembre
de 2021.
V. La citada cláusula octava recoge, igualmente, que en cualquier momento antes
de la finalización del plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
VI. Que es necesario modificar el título del convenio de colaboración para adaptarlo
a la denominación actual conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Quedando inalterables el resto de cláusulas del convenio.
VII. Que resulta voluntad de las partes la continuidad de la colaboración regulada
en el convenio por lo que
ACUERDAN
Primero.
Modificación del Convenio de colaboración entre el Instituto Social de la Marina y el
Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la Base Padronal del INE, quedando
redactado como sigue:
«Convenio entre el Instituto Social de la Marina y el Instituto Nacional de
Estadística, sobre el acceso a la Base Padronal del INE.»
Segundo.
Establecer la prórroga por cuatro años del convenio suscrito entre el Instituto Social
de la Marina y el Instituto Nacional de Estadística sobre el acceso a la Base Padronal
del INE.
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga
del convenio surtirá efectos desde el día 14 de diciembre 2021, previa inscripción de la
misma en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del
sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional
séptima de la misma Ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Cuarto.
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente Adenda de prórroga, en el lugar
y fecha arriba indicados.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez
Carqués.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Juan Manuel Rodríguez Poo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-1042
Verificable en https://www.boe.es
Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7631
III. La cláusula octava, relativa a la vigencia, dispone que el convenio resultará
eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y
mantendrá su vigencia por un periodo de cuatro años.
IV. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado», del día 14
de diciembre de 2017, por lo que su vigencia finaliza el próximo 14 de diciembre
de 2021.
V. La citada cláusula octava recoge, igualmente, que en cualquier momento antes
de la finalización del plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
VI. Que es necesario modificar el título del convenio de colaboración para adaptarlo
a la denominación actual conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Quedando inalterables el resto de cláusulas del convenio.
VII. Que resulta voluntad de las partes la continuidad de la colaboración regulada
en el convenio por lo que
ACUERDAN
Primero.
Modificación del Convenio de colaboración entre el Instituto Social de la Marina y el
Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la Base Padronal del INE, quedando
redactado como sigue:
«Convenio entre el Instituto Social de la Marina y el Instituto Nacional de
Estadística, sobre el acceso a la Base Padronal del INE.»
Segundo.
Establecer la prórroga por cuatro años del convenio suscrito entre el Instituto Social
de la Marina y el Instituto Nacional de Estadística sobre el acceso a la Base Padronal
del INE.
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga
del convenio surtirá efectos desde el día 14 de diciembre 2021, previa inscripción de la
misma en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del
sector público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional
séptima de la misma Ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Cuarto.
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente Adenda de prórroga, en el lugar
y fecha arriba indicados.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez
Carqués.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Juan Manuel Rodríguez Poo.
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cve: BOE-A-2022-1042
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