III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-1049)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica "Mudéjar" en Alcañiz, Híjar y Andorra (Teruel)".
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7694

del proyecto por esta Declaración, con la salvedad de que cualquier modificación o
ampliación de las zonas afectadas por el proyecto deberá ser objeto de prospección
arqueológica con antelación a la fase de obras. Los movimientos de maquinaria o
vehículos y las zonas de aparcamiento se ceñirán a las áreas prospectadas carentes de
restos arqueológicos o bienes etnológicos. Si en el transcurso de las obras y movimiento
de tierras apareciesen restos que puedan considerarse integrantes del Patrimonio
Cultural, se deberá proceder a la comunicación inmediata y obligatoria del hallazgo a la
Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y
Deporte de la Diputación General de Aragón (Ley 3/1999, de 10 de marzo, del
Patrimonio Cultural Aragonés, artículo 69), que resolverá las medidas de protección/
conservación que estime adecuadas.
2.16 Los cruzamientos con vías pecuarias u otras actuaciones sobre este tipo de
bienes requieren de autorización por la administración competente según la Ley 10/2005,
de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón. El proyecto deberá asegurar el
mantenimiento de su integridad superficial y trazado, la continuidad del tránsito ganadero
y de los usos compatibles o complementarios.
Paisaje
2.17 Se instalará una pantalla vegetal en torno a la totalidad del perímetro de la planta
solar de 2 metros de anchura en el exterior del vallado. Las especies a utilizar serán coscoja
(Quercus coccifera), romero (Rosmarinus offincialis) y retama (Retama sphaerocarpa),
siguiendo dos líneas paralelas al vallado en tresbolillo. La primera línea de plantación a un
metro del vallado con pies de retama y una separación de 2 metros entre cada plantón. La
segunda línea de plantación a dos metros del vallado intercalando pies de coscoja y romero
con una separación entre plantones de 2 metros. La plantación cubrirá toda la longitud del
vallado en las plantas Parque Carbones y Mas de Perlé-Valdeserrana.
Finalmente, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la
realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas
Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en
la página web de este ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.
3.

Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

Este programa de seguimiento se entiende adicional al seguimiento que pueda
derivarse de la autorización ambiental integrada de la central térmica y de las
autorizaciones de cese y de desmantelamiento de la central térmica.
El programa de seguimiento incorporará el seguimiento adaptativo de las medidas
adoptadas en virtud de esta declaración de impacto.
Los informes de seguimiento anual se remitirán tanto al órgano sustantivo como al
menos a la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Al programa de seguimiento del estudio de impacto se incorporará:
Fase de construcción:

Fase de explotación:
– Uso del parque fotovoltaico y su zona de influencia por la fauna en general, y por
las aves en particular.
– Permeabilidad al paso de vertebrados terrestres y la inocuidad para las aves
(colisión) del cerramiento perimetral.
– Vegetación que se instala en el interior de la planta fotovoltaica, y el efecto de su
gestión mediante pastoreo extensivo.

cve: BOE-A-2022-1049
Verificable en https://www.boe.es

– Desarrollo de la pantalla vegetal perimetral.
– Efectividad del plan de restauración.