I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-1015)
Memorando de Entendimiento de 1 de enero de 2016 entre el Servicio Europeo de Acción Exterior y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España en relación con el espacio para oficinas y las instalaciones correspondientes para uso de la Embajada de España en la sede de la Delegación de la Unión Europea para el Pacífico, hecho en Suva el 1 de enero de 2016.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Sábado 22 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 7068

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1015

Memorando de Entendimiento de 1 de enero de 2016 entre el Servicio
Europeo de Acción Exterior y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación de España en relación con el espacio para oficinas y las
instalaciones correspondientes para uso de la Embajada de España en la
sede de la Delegación de la Unión Europea para el Pacífico, hecho en Suva
el 1 de enero de 2016.

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO (ME) ENTRE EL SERVICIO EUROPEO
DE ACCIÓN EXTERIOR Y EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
Y DE COOPERACIÓN DE ESPAÑA EN RELACIÓN CON EL ESPACIO
PARA OFICINAS Y LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES
PARA USO DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN LA SEDE DE LA DELEGACIÓN
DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL PACÍFICO

1. La Delegación pondrá a disposición de la Embajada de España espacio para
oficinas en el edificio sito en la planta 6.ª del complejo TappooCity, en la esquina entre
las calles Scott y Usher, en Suva (Fiji).
2. Las oficinas designadas por la Delegación para el uso del personal de la
Embajada de España comprenden un despacho cerrado y una sala diáfana, que ocupan
una superficie aproximada de 40 m2. Teniendo en cuenta la parte correspondiente de los
pasillos, escaleras y espacios de uso compartido (salas de reuniones, baños, cocina,
sala de reprografía, etc.), la superficie utilizada es de alrededor de 70 m2, lo que equivale
al 4,5% del espacio total para oficinas arrendado por la Delegación.
Se adjunta un plano de las oficinas como Anexo I del presente Memorando de
Entendimiento.
3. En caso de que la Delegación incremente o reduzca la superficie total para
oficinas que arrienda, el nuevo porcentaje se ajustará en consecuencia. Lo anterior
también será de aplicación si la Embajada de España y el SEAE acuerdan ampliar o
disminuir la superficie asignada a aquella. En este caso, las partes deberán firmar un
suplemento al presente ME.
4. Cuando la Embajada de España ocupe las oficinas mencionadas, las partes
elaborarán, por duplicado y de mutuo acuerdo, una memoria descriptiva del estado de
las salas y un inventario del mobiliario y de los elementos del equipamiento propiedad de
la Delegación, que deberán ser firmados por ambas.
Esto también se realizará al finalizar la ocupación de las oficinas. La Embajada de
España será responsable de todos los daños que sufran las salas, mobiliario y
equipamiento, distinto del desgaste normal derivado del uso, que se produzca durante su

cve: BOE-A-2022-1015
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, representado a
efectos de la celebración del presente Memorando de Entendimiento por el D. Enrique
Ruiz Molero,
y
El Servicio Europeo de Acción Exterior (en lo sucesivo el «SEAE»), representado a
efectos de la celebración del presente Memorando de Entendimiento por el D. Patrick Child,
Han convenido en los siguientes acuerdos administrativos en relación con el
establecimiento de una oficina de la Embajada de España en Fiji (en lo sucesivo, la
«Embajada de España») en las sede de la Delegación de la Unión Europea para el
Pacífico (en lo sucesivo, la «Delegación»):