V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-1522)
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla de aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de dicho Consejo.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. V-B. Pág. 2686

m) Proponer las operaciones financieras de activo o pasivo cuya aprobación
corresponde a Puertos del Estado, dentro del marco de los planes de inversión, de
financiación y de endeudamiento que el Gobierno y las Cortes Generales aprueben
para este organismo público.
n) Autorizar créditos para financiamiento del circulante.
ñ) Fijar las tarifas por los servicios comerciales que preste la Autoridad
Portuaria.
o) Otorgar las concesiones y autorizaciones, de acuerdo con los criterios y
pliegos de condiciones generales que apruebe el Ministerio de Fomento, recaudar
las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público
portuario y por la prestación del servicio de señalización marítima.
p) Aprobar aquellos acuerdos, pactos, convenios y contratos que el propio
Consejo determine que han de ser de su competencia, en razón de su importancia
o materia.
q) Acordar lo conveniente sobre el ejercicio de las acciones y recursos que
correspondan a la Autoridad Portuaria de Sevilla en defensa de sus intereses ante
las administraciones públicas y Tribunales de Justicia de cualquier orden, grado o
jurisdicción. En caso de urgencia, esta facultad podrá ser ejercida por el
Presidente, quien dará cuenta inmediata de lo actuado al Consejo de
Administración en su primera reunión.
r) Favorecer la libre competencia y velar para que no se produzcan situaciones
de monopolio en la prestación de los distintos servicios portuarios.
s) Realizar cuantos actos de gestión, disposición y administración de su
patrimonio propio se reputen precisos.
t) Aprobar las Ordenanzas del Puerto, con sujeción a lo previsto en el Artículo
295 del TRLPEMM.
u) Ejercer las demás funciones de la Autoridad Portuaria establecidas en el
artículo 26 del TRLPEMM y cualesquiera otras disposiciones no atribuidas a otros
órganos de gobierno o de gestión y no reseñadas en los apartados anteriores.
Artículo 5. Delegación de funciones del Consejo de Administración.
El Consejo de Administración podrá delegar todas aquellas funciones que
considere convenientes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la
LRJSP. La delegación y revocación de funciones deberá hacerse expresamente,
mediante acuerdo adoptado por el Consejo de Administración, que deberá
publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Artículo 6. Composición.
1. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla estará
compuesto por:
a) El Presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla, que lo será también del
Consejo de Administración.

cve: BOE-B-2022-1522
Verificable en https://www.boe.es

COMPOSICIÓN