III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-1012)
Resolución de 3 de enero de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento para la declaración como bien de interés cultural de carácter inmaterial de "El bordado popular de la Sierra de Francia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7063

En la actualidad, se ha mantenido el uso de los bordados en las fiestas y
procesiones, engalanando o «puliendo» los balcones y ventanas en las festividades y
fiestas patronales, como el Corpus de la Alberca y el Corpus y la festividad de la Virgen
de las Nieves en Mogarraz, que se han convertido en espectáculos únicos para la
contemplación de estos bordados.
Perdido su uso y funcionalidad original, los paños bordados se consideran obras de
arte que hay que cuidar y proteger, por lo que las piezas más valiosas permanecen todo
el año convenientemente guardadas en los arcones de las casas, para salir a relucir en
su día estrella, el Corpus, cuando se «pule» toda la plaza.
También encontramos algunas de las obras más representativas y antiguas de este
bordado catalogadas en distintas colecciones y museos, en el Museo Etnográfico de
Castilla y León (Zamora), en el Instituto Valencia de Don Juan (Madrid), en el Museo
Nacional de Artes Decorativas de Madrid y en la Colección Pedagógico Textil de la
Universidad Complutense de Madrid. En la actualidad también se conservan once piezas
características de este bordado popular serrano en los fondos del Museo del Hermitage
en San Petersburgo.
Objeto de la declaración:

cve: BOE-A-2022-1012
Verificable en https://www.boe.es

Se define como objeto de la declaración el bordado popular de la Sierra de Francia,
entendido como el conjunto de conocimientos y técnicas tradicionales, transmitido de
madres a hijas y/o por reconocidas bordadoras, quienes expresan valores compartidos
por la comunidad portadora en sus motivos, composiciones y usos. Es un conjunto de
elementos intangibles y simbólicos que transciende la mera materialidad del bordado
popular, expresión de la creatividad e identidad de la comunidad portadora, creador de
vínculos de unión entre mujeres de grupos de edad y clases sociales diferentes, que
justifican su declaración como bien de interés cultural inmaterial.
La participación, percepción y valoración de la comunidad creadora y recreadora de
esta tradición, ha convertido al bordado serrano en un bien representativo de su propia
identidad cultural, que por su autenticidad e integridad merecen la máxima
consideración, la declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial.
Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su
esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de
esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio
velará por su normal desarrollo, tutelando su continuidad y custodia, así como la
salvaguarda y preservación sostenible de este patrimonio vivo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X