III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-1012)
Resolución de 3 de enero de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento para la declaración como bien de interés cultural de carácter inmaterial de "El bordado popular de la Sierra de Francia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7059

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Resolución de 3 de enero de 2022, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa
procedimiento para la declaración como bien de interés cultural de carácter
inmaterial de «El bordado popular de la Sierra de Francia».

La Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su
artículo 8, señala: «los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del
Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las
características del artículo 1.2 de esta Ley serán declarados Bienes de Interés Cultural.»
El artículo 1.2 prevé: «Integran el Patrimonio cultural de Castilla y León los bienes
muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico,
arqueológico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio
documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial
de la cultura popular y tradicional».
De acuerdo con la definición de Patrimonio Cultural Inmaterial adoptada en 2003, en
la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, se
entiende por patrimonio cultural inmaterial «los usos, representaciones, expresiones,
conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios
culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos
los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este
patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es
recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su
interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y
continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la
creatividad humana».
El procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en el artículo 9
y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el Título II, Capítulo I del
Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección
del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración
de Bien de Interés Cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente
administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.
El bordado popular de la Sierra de Francia, es una manifestación cultural única, que
recoge en su tradicional hacer un conjunto de conocimientos y técnicas tradicionales,
elementos intangibles y simbólicos que transcienden la mera materialidad del bordado
popular.
Expresión de la creatividad e identidad de la comunidad portadora, es transmitido de
madres a hijas y/o por reconocidas bordadoras, que configuran un universo artístico
propio creador de vínculos de unión entre mujeres de grupos de edad y clases sociales
diferentes, caracterizado por su colorido y expresividad, donde los animales, reales o
mitológicos, se entrelazan en un abigarrado ataurique vegetal.
La transmisión oral, la identidad de los miembros de una colectividad, las acciones
que se representan, el protagonismo de la comunidad, la diversidad de símbolos y
significados, la pervivencia a lo largo de la historia y la vitalidad actual, hacen del
bordado popular de la Sierra de Francia, una manifestación cultural de alto valor
patrimonial y justifican su declaración como bien de interés cultural.
Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación
establecidas, en el plan básico de protección para el acrecentamiento del patrimonio
protegido, previsto en el Plan PAHIS 2020, aprobado por Acuerdo 22/2015, de 9 de abril,
de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39

cve: BOE-A-2022-1012
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