II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-976)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 6676

el día siguiente a la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas.
7.2 Si la comisión de selección no se constituye dentro del plazo establecido por
falta de convocatoria del presidente o presidenta sin causa justificada, el vicerrector
adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, por delegación del rector, sin
perjuicio de las responsabilidades que correspondan, procede oficio a su sustitución, ya
sea por la persona suplente o mediante un nuevo nombramiento que deberá publicarse.
El nuevo presidente o presidenta deberá convocar la sesión constitutiva dentro del plazo
de un mes.
7.3 La convocatoria para la sesión constitutiva, que debe incluir la fecha, la hora y
el lugar de realización, se hará pública en la sede electrónica de la UB con una
antelación mínima de diez días hábiles, sin perjuicio de su difusión adicional en los
tablones de anuncios del centro pertinente, si procede, y en la dirección:
https://intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/
1_concursos_pdi/1_personal_academic_funcionari/oberts/index.html
7.4 La constitución de la comisión de selección exige la presencia de todos los
miembros. Si la sesión constitutiva no se puede realizar por falta de asistencia de algún
miembro, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir, la presidencia
deberá repetir la convocatoria con el suplente correspondiente en un plazo no superior a
diez días hábiles. Si corresponde nombrar a un nuevo miembro, el plazo de diez días se
computará desde la publicación de su nombramiento. La nueva fecha de constitución se
publicará en la sede electrónica, sin perjuicio de la difusión adicional habitual, y se
comunicará a los miembros llamados a constitución con un mínimo de veinticuatro horas
de antelación.
7.5 Una vez constituida, la comisión de selección deberá actuar con todos sus
miembros, y solo en caso de fuerza mayor podrá actuar válidamente con la asistencia
de, como mínimo, tres de los miembros, incluidos los que ejercen la presidencia y la
secretaría. Una vez constituida la comisión, si no puede actuar el presidente constituido,
será sustituido por el vocal de más edad, y el secretario, por el más joven. Los miembros
que estén ausentes en alguna de las reuniones cesarán en calidad de miembro de la
comisión y no podrán continuar actuando.
7.6 En el acto de constitución, siempre antes del acto de presentación de las
personas candidatas, la comisión deberá acordar los criterios específicos para valorar a
las personas candidatas, que desarrollarán los criterios generales establecidos en estas
bases. También deberá aprobar el baremo aplicable, expresando la puntuación máxima
alcanzable por cada criterio específico, y la puntuación mínima total exigida para superar
cada una de las pruebas.
Los criterios específicos y su baremo se deberán establecer antes de tener acceso a
la documentación de las personas candidatas.
Al establecer los criterios específicos y en su valoración, la comisión deberá tener en
cuenta el historial académico, docente e investigador, el historial de gestión universitaria
y de transferencia del conocimiento, su adecuación al perfil de la plaza convocada y su
capacidad docente e investigadora. Asimismo, la comisión de selección deberá
contrastar las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en
la materia o especialidad determinada en el perfil de la plaza convocada.
7.7 Los acuerdos de la comisión, que incluirán los criterios específicos y el baremo
acordado según se ha expuesto en el punto 7.6, se publicarán en el tablón de anuncios
del centro donde tenga lugar el concurso, con la firma de la presidencia y/o de la
secretaría, haciendo constar la fecha y hora de publicación, siempre antes de tener
acceso a la documentación de los aspirantes y del acto de presentación de las
candidaturas.
En caso de tramitación telemática del concurso se publicarán en la sede electrónica
de la UB.

cve: BOE-A-2022-976
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 18