III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2022-991)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción de la instalación de Gorona del Viento (RO2-0214) correspondiente al ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6936
adeudo en cuenta, del NRC facilitado por la entidad bancaria que consta en el
documento de autoliquidación.
Adicionalmente, es preciso tener en cuenta otro aspecto, de modo que la presente
resolución pueda tener el carácter de resolución de costes definitivos. En concreto, hay
que tener en cuenta que el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, reconoce un ingreso
equivalente al coste por el impuesto sobre el valor de la producción. Para evitar el
problema asociado a la circularidad del devengo del impuesto y su reconocimiento, es
preciso que el importe reconocido en esta resolución de costes definitivos calcule
directamente la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el
impuesto total a reconocer para que sea necesaria una única liquidación ante la Agencia
Tributaria. Todo lo cual se indica sin perjuicio de que, según lo expresamente establecido
en el artículo 36 del citado Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, Gorona del Viento El
Hierro, .SA. deberá acreditar debidamente el pago del impuesto una vez sea efectivo el
ingreso por reconocimiento de costes definitivos.
En fecha 6 de abril de 2018, fue trasladada a la Comisión Nacional de los Mercados
y de la Competencia la información previamente enviada por Gorona del Viento el Hierro,
S.A, a efectos de la obtención de la retribución de la central de acuerdo a lo establecido
en la Orden IET/1711/2013, de 23 de septiembre, para su consideración en la propuesta
de cuantías de costes definitivos correspondientes al ejercicio 2016.
Con fecha 13 de julio de 2020 se ha recibido informe de la Comisión Nacional de los
Mercados y de la Competencia (INF/DE/126/17), de asunto «Costes definitivos de la
instalación de generación en los territorios no peninsulares titularidad de Gorona del
Viento, SA, correspondientes al ejercicio 2016» en el que se indica lo siguiente:
El importe final en concepto de liquidación definitiva por costes de generación de
despacho, fijos y variables, durante el ejercicio 2016 conforme a la información del
Operador del Sistema para el grupo Gorona del Viento asciende a 20.402.851,68 euros
correspondiente a las liquidaciones C7 y C8. A estos costes la CNMC propone añadir los
siguientes conceptos:
a) 8.965,72 euros en concepto de peaje de acceso a las redes.
b) 1.155,57 euros en concepto de financiación del operador del sistema.
c) 1.536.460,33 euros por el impuesto sobre el valor de la producción de energía
eléctrica.
Los costes de generación totales a reconocer, a propuesta de la CNMC y como suma
de las cuatro cantidades expuestas, ascenderían a 21.949.433,30 euros.
Por otra parte, los ingresos obtenidos provisionalmente por este generador provienen
de:
a) Ingresos por ventas de energía a los comercializadores y clientes directos, que
conforme a la información remitida por el OS correspondientes a las liquidaciones
definitivas (C7 y C8) asciende a 648.062,80 euros.
b) La compensación extrapeninsular de las liquidaciones de las actividades
reguladas determinadas conforme con lo dispuesto en el Real Decreto 738/2015, de 31
de julio. La CNMC, como órgano encargado de la liquidación, reconoció a Gorona del
Viento una cuantía de 9.991.050,08 euros.
c) Adicionalmente, Gorona del Viento percibió 9.991.050,08 euros en concepto de
compensación extrapeninsular a cargo de los Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio 2015, en aplicación de lo previsto en la disposición adicional decimoquinta
(‘Financiación del extracoste de la actividad de producción en los sistemas eléctricos en
los territorios no peninsulares’) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, y en el Real Decreto 680/2014, de 1 de agosto.
De acuerdo con lo anterior, los ingresos totales percibidos por la instalación Gorona
del Viento alcanzarían un total de 20.630.162,96 euros.
cve: BOE-A-2022-991
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6936
adeudo en cuenta, del NRC facilitado por la entidad bancaria que consta en el
documento de autoliquidación.
Adicionalmente, es preciso tener en cuenta otro aspecto, de modo que la presente
resolución pueda tener el carácter de resolución de costes definitivos. En concreto, hay
que tener en cuenta que el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, reconoce un ingreso
equivalente al coste por el impuesto sobre el valor de la producción. Para evitar el
problema asociado a la circularidad del devengo del impuesto y su reconocimiento, es
preciso que el importe reconocido en esta resolución de costes definitivos calcule
directamente la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el
impuesto total a reconocer para que sea necesaria una única liquidación ante la Agencia
Tributaria. Todo lo cual se indica sin perjuicio de que, según lo expresamente establecido
en el artículo 36 del citado Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, Gorona del Viento El
Hierro, .SA. deberá acreditar debidamente el pago del impuesto una vez sea efectivo el
ingreso por reconocimiento de costes definitivos.
En fecha 6 de abril de 2018, fue trasladada a la Comisión Nacional de los Mercados
y de la Competencia la información previamente enviada por Gorona del Viento el Hierro,
S.A, a efectos de la obtención de la retribución de la central de acuerdo a lo establecido
en la Orden IET/1711/2013, de 23 de septiembre, para su consideración en la propuesta
de cuantías de costes definitivos correspondientes al ejercicio 2016.
Con fecha 13 de julio de 2020 se ha recibido informe de la Comisión Nacional de los
Mercados y de la Competencia (INF/DE/126/17), de asunto «Costes definitivos de la
instalación de generación en los territorios no peninsulares titularidad de Gorona del
Viento, SA, correspondientes al ejercicio 2016» en el que se indica lo siguiente:
El importe final en concepto de liquidación definitiva por costes de generación de
despacho, fijos y variables, durante el ejercicio 2016 conforme a la información del
Operador del Sistema para el grupo Gorona del Viento asciende a 20.402.851,68 euros
correspondiente a las liquidaciones C7 y C8. A estos costes la CNMC propone añadir los
siguientes conceptos:
a) 8.965,72 euros en concepto de peaje de acceso a las redes.
b) 1.155,57 euros en concepto de financiación del operador del sistema.
c) 1.536.460,33 euros por el impuesto sobre el valor de la producción de energía
eléctrica.
Los costes de generación totales a reconocer, a propuesta de la CNMC y como suma
de las cuatro cantidades expuestas, ascenderían a 21.949.433,30 euros.
Por otra parte, los ingresos obtenidos provisionalmente por este generador provienen
de:
a) Ingresos por ventas de energía a los comercializadores y clientes directos, que
conforme a la información remitida por el OS correspondientes a las liquidaciones
definitivas (C7 y C8) asciende a 648.062,80 euros.
b) La compensación extrapeninsular de las liquidaciones de las actividades
reguladas determinadas conforme con lo dispuesto en el Real Decreto 738/2015, de 31
de julio. La CNMC, como órgano encargado de la liquidación, reconoció a Gorona del
Viento una cuantía de 9.991.050,08 euros.
c) Adicionalmente, Gorona del Viento percibió 9.991.050,08 euros en concepto de
compensación extrapeninsular a cargo de los Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio 2015, en aplicación de lo previsto en la disposición adicional decimoquinta
(‘Financiación del extracoste de la actividad de producción en los sistemas eléctricos en
los territorios no peninsulares’) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, y en el Real Decreto 680/2014, de 1 de agosto.
De acuerdo con lo anterior, los ingresos totales percibidos por la instalación Gorona
del Viento alcanzarían un total de 20.630.162,96 euros.
cve: BOE-A-2022-991
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18