V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47746)
Resolución de 15 de noviembre de 2021 de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68119
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
2700/2021
2698/2021
2687/2021
2685/2021
2680/2021
2679/2021
2677/2021
2676/2021
2675/2021
2674/2021
2673/2021
2671/2021
2669/2021
2665/2021
2660/2021
2658/2021
2657/2021
2656/2021
2655/2021
2653/2021
2651/2021
2640/2021
2637/2021
Identificador Infractor
42049180M
78858085D
X8449334P
46263910P
51147911M
42290810C
42290950E
78695052T
42095631L
16300867P
78856299V
78724287W
43790182E
51154657N
79063155B
79197752N
79084036P
78719182A
44700866K
42055304B
43621305B
51152580M
51152581Y
cve: BOE-B-2021-47746
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68119
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
2700/2021
2698/2021
2687/2021
2685/2021
2680/2021
2679/2021
2677/2021
2676/2021
2675/2021
2674/2021
2673/2021
2671/2021
2669/2021
2665/2021
2660/2021
2658/2021
2657/2021
2656/2021
2655/2021
2653/2021
2651/2021
2640/2021
2637/2021
Identificador Infractor
42049180M
78858085D
X8449334P
46263910P
51147911M
42290810C
42290950E
78695052T
42095631L
16300867P
78856299V
78724287W
43790182E
51154657N
79063155B
79197752N
79084036P
78719182A
44700866K
42055304B
43621305B
51152580M
51152581Y
cve: BOE-B-2021-47746
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.