V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47751)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 23 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68137

actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

Expediente/Año
3400/2021
3398/2021
3396/2021
3394/2021
3393/2021
3392/2021
3391/2021
3390/2021
3388/2021
3387/2021
3385/2021
3384/2021
3383/2021
3377/2021
3375/2021
3373/2021
3372/2021
3371/2021
3370/2021
3369/2021
3368/2021
3367/2021
3366/2021

Identificador Infractor
54042410T
42238226Z
78694202R
79408120E
42291075D
78855261Z
42220781A
79060606S
Y7970088G
42291907J
76828505H
43829084P
78724663X
79086230V
43604816J
43810177F
43827283R
42242416H
78723162G
70038877J
42097256B
43623308J
42016189L

cve: BOE-B-2021-47751
Verificable en https://www.boe.es

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.