II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-17488)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral en la categoría de Oficial/a de Mantenimiento (Subgrupo C1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Miércoles 27 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 130452

4.4 Es causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
– No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE o pasaporte o que este resulte
ilegible.
4.5

Devolución de los derechos de examen:

De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2.6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de Tasas, no procederá la devolución de tasas por los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes en
procedimientos selectivos por causas imputables exclusivamente a las personas
aspirantes.
Desarrollo de las pruebas selectivas.

5.1 Los ejercicios se realizarán en las dependencias de la Universitat de València.
El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la
resolución del Rectorado de esta Universitat, mediante la cual se apruebe la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de
actuación de las personas opositoras se establecerá por sorteo.
5.3 En cada ejercicio las personas aspirantes deberán acreditar su identidad
exclusivamente mediante la presentación del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir.
El incumplimiento de este requisito por alguna persona determinará su exclusión de
la realización de las pruebas.
Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso.
5.4 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único y serán excluidas aquellas que no comparezcan. Si la persona aspirante llega al
lugar de realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque
sea por causa justificada, perderá su derecho.
Las personas que integran el órgano técnico de selección y el personal colaborador
no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas
aspirantes que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan
después de que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes
convocadas.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras pruebas de carácter
individual y sucesivo, el órgano técnico de selección podrá considerar las causas
alegadas y admitir a la persona aspirante, siempre que estas pruebas no hayan
finalizado y esta admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de
personas aspirantes.
5.5 Después de cada prueba, el órgano técnico de selección deberá anunciar con
un plazo mínimo de dos días, la realización de la siguiente en el tablón oficial de
anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/) y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas.
5.6 Si en cualquier momento del proceso selectivo llega a conocimiento del órgano
técnico de selección, que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le
requerirá que acredite dichos requisitos. Si la persona no los acredita en el plazo de diez
días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, el órgano técnico de selección
propondrá su exclusión de las pruebas, indicando las inexactitudes o falsedades
formuladas por la persona aspirante al órgano convocante, el cual, tras las verificaciones
oportunas, dictará resolución motivada de exclusión de la citada persona en las pruebas
selectivas.

cve: BOE-A-2021-17488
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.