III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-17346)
Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Lunes 25 de octubre de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 129525
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible alcanzar
dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
En caso de modificación o extinción, ésta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del Convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente Convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta. Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el Convenio suscrito por los firmantes el 5 de
febrero de 2015, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Máster amparado en el mencionado
Convenio, se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas
prácticas.
Desde la fecha en que el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 5 de febrero de 2015, Convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2021-17346
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman el presente Convenio, constando como fecha de suscripción la última
realizada, el 14 de octubre de 2021.–La Vicepresidenta de Organización y Relaciones
Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
M.P., Rosina López-Alonso Fandiño.–El Rector de la Universidad Francisco de Vitoria,
Daniel Sada Castaño.
Núm. 255
Lunes 25 de octubre de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 129525
Resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible alcanzar
dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Duodécima.
Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.
En caso de modificación o extinción, ésta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.
Modificación del Convenio.
Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente Convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta. Resolución de convenios anteriores.
Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el Convenio suscrito por los firmantes el 5 de
febrero de 2015, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de
órganos e instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en
desarrollo algún programa de prácticas de Máster amparado en el mencionado
Convenio, se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas
prácticas.
Desde la fecha en que el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 5 de febrero de 2015, Convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.
cve: BOE-A-2021-17346
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambas
partes firman el presente Convenio, constando como fecha de suscripción la última
realizada, el 14 de octubre de 2021.–La Vicepresidenta de Organización y Relaciones
Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
M.P., Rosina López-Alonso Fandiño.–El Rector de la Universidad Francisco de Vitoria,
Daniel Sada Castaño.