III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17269)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y las entidades públicas promotoras de la Plataforma Logístico-Industrial de Salvaterra-As Neves, representadas por el consorcio de la Zona Franca de Vigo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Sábado 23 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 128978

otorgado en virtud del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de la PLISÁN, de
fecha 21 de junio de 2021.
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es el
Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica
al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto
de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente
que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la
oportuna formalización de un Convenio.
Segundo.
Que el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, la Autoridad Portuaria de Vigo y la
Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Infraestruturas e Mobilidade son las
entidades promotoras de la Plataforma Logístico-Industrial de Salvaterra-As Neves (en
adelante, PLISÁN), representadas por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de asistencia jurídica
al Estado e Instituciones públicas, están interesadas en que el Servicio Jurídico del
Estado le preste asesoramiento jurídico en relación con las cuestiones que se susciten
en el desarrollo de dicha actuación; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad
pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia respecto de
las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que PLISÁN de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003,
de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado,
tiene actualmente suscrito un Convenio de asistencia jurídica, de fecha 30 de septiembre
de 2019, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a PLISÁN, ambas partes consideran conveniente la designación por la Abogada General
del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como
coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «Convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.

Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
Convenio, de acuerdo con las siguientes

cve: BOE-A-2021-17269
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.