III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17226)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para el establecimiento de una estrategia de promoción del arte contemporáneo iberoamericano y filipino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128705
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
I. Que la AECID es una agencia estatal, adscrita al Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, cuyos fines primordiales son contribuir al crecimiento
económico y al progreso social, cultural, institucional y político de los países en vías de
desarrollo; fomentar la cooperación cultural y científica de España con los países en vías
de desarrollo y asegurar la concertación de las políticas de desarrollo, especialmente en
el ámbito de la Unión Europea, según el artículo único del Real Decreto 1403/2007,
de 26 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto.
II. Que, de acuerdo con el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se
aprueba su Estatuto, la AECID es la encargada de ejecutar las funciones y competencias
atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en materia
de promoción y desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países.
III. Que la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, reconoce la dimensión internacional de España, derivada de la historia y de la
afinidad cultural y lingüística con terceros países, especialmente con la comunidad
Iberoamericana, y su artículo 25.2 afirma que la acción cultural exterior atenderá los
objetivos establecidos en la política cultural y tendrá en cuenta los compromisos que se
deriven de las estrategias europeas, las metas establecidas en el ámbito iberoamericano
y en la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO).
IV. Que el V Plan Director de la Cooperación Española (2018-2021) señala
expresamente que el respeto de la diversidad cultural constituye una riqueza que ha de
preservarse, dando especial relevancia a la protección del patrimonio material e
inmaterial de los pueblos y a la promoción del diálogo intercultural.
V. El apoyo a la promoción del patrimonio cultural de los países es parte
fundamental en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la
Agenda 2030.
VI. Que el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS), en virtud de lo
dispuesto por el artículo 1 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, es un organismo público
de los previstos en la disposición adicional décima.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Cultura y Deporte a través de la persona titular del Departamento, que
ostentará su presidencia. Corresponde al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía la
consecución de los siguientes fines (Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que
se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía):
a) Promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y
contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.
b) Desarrollar programas de exposiciones temporales de arte moderno y
contemporáneo.
c) Desarrollar programas de visibilidad del arte moderno y contemporáneo español,
así como de las colecciones del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y de su
programación, a nivel nacional, acercándolo a toda la ciudadanía; e internacional,
mejorando el impacto global del Museo.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID, informe AJ: 286.2021 y su firma ha
sido autorizada por el Ministerio de Hacienda, informe de fecha 2 de septiembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-17226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128705
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
I. Que la AECID es una agencia estatal, adscrita al Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, cuyos fines primordiales son contribuir al crecimiento
económico y al progreso social, cultural, institucional y político de los países en vías de
desarrollo; fomentar la cooperación cultural y científica de España con los países en vías
de desarrollo y asegurar la concertación de las políticas de desarrollo, especialmente en
el ámbito de la Unión Europea, según el artículo único del Real Decreto 1403/2007,
de 26 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto.
II. Que, de acuerdo con el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se
aprueba su Estatuto, la AECID es la encargada de ejecutar las funciones y competencias
atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en materia
de promoción y desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países.
III. Que la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, reconoce la dimensión internacional de España, derivada de la historia y de la
afinidad cultural y lingüística con terceros países, especialmente con la comunidad
Iberoamericana, y su artículo 25.2 afirma que la acción cultural exterior atenderá los
objetivos establecidos en la política cultural y tendrá en cuenta los compromisos que se
deriven de las estrategias europeas, las metas establecidas en el ámbito iberoamericano
y en la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO).
IV. Que el V Plan Director de la Cooperación Española (2018-2021) señala
expresamente que el respeto de la diversidad cultural constituye una riqueza que ha de
preservarse, dando especial relevancia a la protección del patrimonio material e
inmaterial de los pueblos y a la promoción del diálogo intercultural.
V. El apoyo a la promoción del patrimonio cultural de los países es parte
fundamental en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la
Agenda 2030.
VI. Que el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS), en virtud de lo
dispuesto por el artículo 1 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, es un organismo público
de los previstos en la disposición adicional décima.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Cultura y Deporte a través de la persona titular del Departamento, que
ostentará su presidencia. Corresponde al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía la
consecución de los siguientes fines (Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que
se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía):
a) Promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y
contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.
b) Desarrollar programas de exposiciones temporales de arte moderno y
contemporáneo.
c) Desarrollar programas de visibilidad del arte moderno y contemporáneo español,
así como de las colecciones del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y de su
programación, a nivel nacional, acercándolo a toda la ciudadanía; e internacional,
mejorando el impacto global del Museo.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID, informe AJ: 286.2021 y su firma ha
sido autorizada por el Ministerio de Hacienda, informe de fecha 2 de septiembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-17226
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 253