III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-17215)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne, la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128617
El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la
cláusula tercera y anexo I. Para ello, una vez ejecutadas las acciones y previo al pago,
cada organización interprofesional deberá justificar:
– En el caso del diseño y realización de material, una muestra del mismo, así como
sus correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago.
– En el caso de las ferias deberán justificar la ejecución de la actividad, aportando
una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus
correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago, de acuerdo con
los anexos III y IV.
Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada
mediante transferencia a las cuentas:
INTEROVIC: ES38 3080 0065 1923 9670 5721, abierta en Caja Rural de Teruel,
S.C.C., con domicilio en la calle paseo de Pamplona, 4-6 de Zaragoza.
INTERPORC: ES3700610196080121690117, abierta en la Banca March con
domicilio en la calle Núñez de Balboa 70, Madrid.
PROVACUNO: ES31 2100 5731 7202 0022 2133, Caixa Bank, paseo de la
Castellana 51, 28046 Madrid.
El MAPA abonará el 50 % de los gastos que se originen por la realización de las
acciones promocionales recogidas en el Convenio, excluyendo atenciones protocolarias,
viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de
productos cárnicos.
La financiación restante, por un importe de trescientos setenta y cinco mil doscientos
cincuenta euros (375.250,00 euros), IVA incluido, será asumida por las organizaciones
interprofesionales, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta y en el anexo I del
presente Convenio.
Sexta.
Comisión de Seguimiento.
Se crea una Comisión de Seguimiento para la aplicación y desarrollo de las
actividades previstas en este Convenio, con la siguiente composición:
Por parte del MAPA:
– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España. De entre estos representantes, el funcionario/a de mayor rango presidirá la
Comisión.
– Un representante de la Subdirección General de Competitividad de la Cadena
Alimentaria.
Por parte de las interprofesionales:
– Un representante de INTEROVIC.
– Un representante de INTERPORC.
– Un representante de PROVACUNO.
– El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales
y la distribución de los espacios de los pabellones.
– La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto de la ejecución del Convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
cve: BOE-A-2021-17215
Verificable en https://www.boe.es
Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128617
El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la
cláusula tercera y anexo I. Para ello, una vez ejecutadas las acciones y previo al pago,
cada organización interprofesional deberá justificar:
– En el caso del diseño y realización de material, una muestra del mismo, así como
sus correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago.
– En el caso de las ferias deberán justificar la ejecución de la actividad, aportando
una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus
correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago, de acuerdo con
los anexos III y IV.
Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada
mediante transferencia a las cuentas:
INTEROVIC: ES38 3080 0065 1923 9670 5721, abierta en Caja Rural de Teruel,
S.C.C., con domicilio en la calle paseo de Pamplona, 4-6 de Zaragoza.
INTERPORC: ES3700610196080121690117, abierta en la Banca March con
domicilio en la calle Núñez de Balboa 70, Madrid.
PROVACUNO: ES31 2100 5731 7202 0022 2133, Caixa Bank, paseo de la
Castellana 51, 28046 Madrid.
El MAPA abonará el 50 % de los gastos que se originen por la realización de las
acciones promocionales recogidas en el Convenio, excluyendo atenciones protocolarias,
viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de
productos cárnicos.
La financiación restante, por un importe de trescientos setenta y cinco mil doscientos
cincuenta euros (375.250,00 euros), IVA incluido, será asumida por las organizaciones
interprofesionales, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta y en el anexo I del
presente Convenio.
Sexta.
Comisión de Seguimiento.
Se crea una Comisión de Seguimiento para la aplicación y desarrollo de las
actividades previstas en este Convenio, con la siguiente composición:
Por parte del MAPA:
– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España. De entre estos representantes, el funcionario/a de mayor rango presidirá la
Comisión.
– Un representante de la Subdirección General de Competitividad de la Cadena
Alimentaria.
Por parte de las interprofesionales:
– Un representante de INTEROVIC.
– Un representante de INTERPORC.
– Un representante de PROVACUNO.
– El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales
y la distribución de los espacios de los pabellones.
– La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto de la ejecución del Convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
cve: BOE-A-2021-17215
Verificable en https://www.boe.es
Dicha Comisión realizará las siguientes funciones: