V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-42817)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre finalización y archivo de procedimientos administrativos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 59013
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos administrativos
sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos administrativos
sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con
archivo de las actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
P.S.
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EXPEDIENTE
2446/2021
2467/2021
2468/2021
2749/2021
2750/2021
2753/2021
2754/2021
2755/2021
2804/2021
2805/2021
2850/2021
2851/2021
2855/2021
2856/2021
2858/2021
2859/2021
2864/2021
2876/2021
2879/2021
2880/2021
NIF/NIE
Y1778095W
X9004412G
X9366997V
Y7577640M
X6724189R
Y1242550N
Y3669782P
Y1435461E
Y4224495F
54397642C
50500201K
X5298796X
X6374985Y
X6771439D
X9176894D
X4226042E
80061647G
X6366644Z
08974573L
09015677E
cve: BOE-B-2021-42817
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ANEXO RESOLUCIÓN
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 59013
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos administrativos
sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos administrativos
sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con
archivo de las actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
P.S.
P.S.
P.S.
P.S.
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P.S.
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P.S.
EXPEDIENTE
2446/2021
2467/2021
2468/2021
2749/2021
2750/2021
2753/2021
2754/2021
2755/2021
2804/2021
2805/2021
2850/2021
2851/2021
2855/2021
2856/2021
2858/2021
2859/2021
2864/2021
2876/2021
2879/2021
2880/2021
NIF/NIE
Y1778095W
X9004412G
X9366997V
Y7577640M
X6724189R
Y1242550N
Y3669782P
Y1435461E
Y4224495F
54397642C
50500201K
X5298796X
X6374985Y
X6771439D
X9176894D
X4226042E
80061647G
X6366644Z
08974573L
09015677E
cve: BOE-B-2021-42817
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO RESOLUCIÓN