V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-42825)
Extracto de la Resolución de 17 de octubre de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan en el año 2021 ayudas a clubes participantes en la Liga ASOBAL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 59026
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
42825
Extracto de la Resolución de 17 de octubre de 2021, de la Presidencia
del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan en el año
2021 ayudas a clubes participantes en la Liga ASOBAL.
BDNS(Identif.):590218
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
590218)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Clubes de balonmano, que hayan participado en la
Liga ASOBAL durante las temporadas 2019/2020 y/o 2020/2021, acrediten
encontrarse en alguno de los supuestos previstos en la Convocatoria y cumplan
los requisitos establecidos en la misma.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a clubes de
balonmano que hayan participado en la Liga ASOBAL en las temporadas 2019/
2020 y/o 2020/2021.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente
Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012,
de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://
www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo que podrá concederse para estas ayudas será de un
importe máximo de 2.000.000,00€ con cargo al crédito 24.106.336A474.02, "A
Clubes de balonmano participantes en la Liga ASOBAL"
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse ante ASOBAL, que actúa en condición de
entidad colaboradora, quién trasladará al CSD los documentos e información
previstos en el convenio suscrito con este Organismo.
Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en
la Sede Electrónica del CSD https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/
FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento= 130&idRes= 407
cve: BOE-B-2021-42825
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución.
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 59026
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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
42825
Extracto de la Resolución de 17 de octubre de 2021, de la Presidencia
del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan en el año
2021 ayudas a clubes participantes en la Liga ASOBAL.
BDNS(Identif.):590218
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
590218)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Clubes de balonmano, que hayan participado en la
Liga ASOBAL durante las temporadas 2019/2020 y/o 2020/2021, acrediten
encontrarse en alguno de los supuestos previstos en la Convocatoria y cumplan
los requisitos establecidos en la misma.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a clubes de
balonmano que hayan participado en la Liga ASOBAL en las temporadas 2019/
2020 y/o 2020/2021.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente
Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012,
de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://
www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El importe máximo que podrá concederse para estas ayudas será de un
importe máximo de 2.000.000,00€ con cargo al crédito 24.106.336A474.02, "A
Clubes de balonmano participantes en la Liga ASOBAL"
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse ante ASOBAL, que actúa en condición de
entidad colaboradora, quién trasladará al CSD los documentos e información
previstos en el convenio suscrito con este Organismo.
Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en
la Sede Electrónica del CSD https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/
FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento= 130&idRes= 407
cve: BOE-B-2021-42825
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución.