III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Juzgados de lo Mercantil. (BOE-A-2021-17156)
Acuerdo de 14 de octubre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo Mercantil número 18 de Madrid, el conocimiento con carácter exclusivo y no excluyente de los asuntos relativos a transporte aéreo (clase de reparto A31) con la finalidad de canalizar su registro, tramitación y resolución a través de la unidad funcional constituida para su tramitación y resolución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128284
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
17156
Acuerdo de 14 de octubre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en
el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo
Mercantil número 18 de Madrid, el conocimiento con carácter exclusivo y no
excluyente de los asuntos relativos a transporte aéreo (clase de reparto A31)
con la finalidad de canalizar su registro, tramitación y resolución a través de
la unidad funcional constituida para su tramitación y resolución.
1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, al Juzgado de lo Mercantil número 18 de Madrid, el conocimiento con carácter
exclusivo y no excluyente de los asuntos relativos a transporte aéreo (clase de reparto
A31) con la finalidad de canalizar su registro, tramitación y resolución a través de la
unidad funcional constituida para su tramitación y resolución.
2. La unidad funcional de tramitación procesal de este tipo de asuntos, asignada al
órgano se encargará de los asuntos de nueva entrada turnados al juzgado n.º 18, y
continuará prestando apoyo al resto de juzgados de lo mercantil, en la tramitación de los
asuntos de esta naturaleza turnados con anterioridad. Los magistrados comisionados en
funciones de refuerzo en ejecución de dicho plan continuarán dando apoyo transversal a
través de dicha unidad funcional a todos los juzgados de lo mercantil de Madrid con
independencia de la fecha de ingreso del asunto en el órgano correspondiente.
3. Los juzgados afectados continuarán conociendo los procesos pendientes ante
los mismos hasta su definitiva conclusión, incluida, en su caso, la fase de ejecución.
4. La presente medida producirá efectos desde el día 1 de noviembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-17156
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de octubre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128284
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
17156
Acuerdo de 14 de octubre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en
el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo
Mercantil número 18 de Madrid, el conocimiento con carácter exclusivo y no
excluyente de los asuntos relativos a transporte aéreo (clase de reparto A31)
con la finalidad de canalizar su registro, tramitación y resolución a través de
la unidad funcional constituida para su tramitación y resolución.
1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, al Juzgado de lo Mercantil número 18 de Madrid, el conocimiento con carácter
exclusivo y no excluyente de los asuntos relativos a transporte aéreo (clase de reparto
A31) con la finalidad de canalizar su registro, tramitación y resolución a través de la
unidad funcional constituida para su tramitación y resolución.
2. La unidad funcional de tramitación procesal de este tipo de asuntos, asignada al
órgano se encargará de los asuntos de nueva entrada turnados al juzgado n.º 18, y
continuará prestando apoyo al resto de juzgados de lo mercantil, en la tramitación de los
asuntos de esta naturaleza turnados con anterioridad. Los magistrados comisionados en
funciones de refuerzo en ejecución de dicho plan continuarán dando apoyo transversal a
través de dicha unidad funcional a todos los juzgados de lo mercantil de Madrid con
independencia de la fecha de ingreso del asunto en el órgano correspondiente.
3. Los juzgados afectados continuarán conociendo los procesos pendientes ante
los mismos hasta su definitiva conclusión, incluida, en su caso, la fase de ejecución.
4. La presente medida producirá efectos desde el día 1 de noviembre de 2021.
cve: BOE-A-2021-17156
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de octubre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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