IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39529)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. IV. Pág. 52523

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

39529

BARCELONA

Luis Miguel Gonzalo Capellin el Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de
declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso abreviado 1382/2020 Sección: G
NIG: 0801947120208016056
Fecha del auto de declaración. 28/09/2020.
Clase de concurso. Voluntario.
Entidad concursada. CELTIA PROSER SL, con CIF: B60606027.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal a:
Francisco Garreta Dalmau.
Dirección postal: Rambla Catalunya 38, 6, 08007 - Barcelona
Dirección electrónica: fgarreta@equifond.net, teléfono 932150105 y fax
934676336.
Régimen de las facultades del concursado. intervenidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de
Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 20 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Luis Miguel Gonzalo Capellin.
ID: A200053135-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcural.es