IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39516)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52509
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39516
ALICANTE
Edicto
D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,
Por el presente, hago saber: Que por auto de fecha 26/10/20 en el
procedimiento con número de autos 000773/2020 y N.I.G. 03014-66-1-20200000215, se ha declarado en concurso abreviado [CNA] consecutivo al concursado
Jose Carranza Alvarez y Leonor Gonzalez Chinea, con domicilio en Partida Las
Lomas,163 Albatera (Alicante) y Partida Las lomas,163 Albatera (Alicante) y DNI nº
75382579X y 40462803F respectivamente, inscritos en el Registro Civil de
Albatera representadas por el procurador D/Dª Pascual Gimenez Gonsalvez y
Pascual Gimenez Gonsalvez.
Facultades del concursado: suspendido
Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. Jose Andreu Llopez,
economista colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal para
notificaciones y para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el Artículo 255 del TRLC: Avda. Maisonnave, 19-6º izda.
(03003)Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y
comunicaciones de crédito: andreuconcursal@andreuconcursal.es
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada
deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones
indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación del presente boe.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y
Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personación.
Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede
a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 413 del TRLC
de la Ley Concursal.
Elche, 29 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Jorge Cuellar Otón.
ID: A200053237-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-39516
Verificable en https://www.boe.es
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración
de concurso conforme al artículo 552 del TRLC.
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52509
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39516
ALICANTE
Edicto
D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,
Por el presente, hago saber: Que por auto de fecha 26/10/20 en el
procedimiento con número de autos 000773/2020 y N.I.G. 03014-66-1-20200000215, se ha declarado en concurso abreviado [CNA] consecutivo al concursado
Jose Carranza Alvarez y Leonor Gonzalez Chinea, con domicilio en Partida Las
Lomas,163 Albatera (Alicante) y Partida Las lomas,163 Albatera (Alicante) y DNI nº
75382579X y 40462803F respectivamente, inscritos en el Registro Civil de
Albatera representadas por el procurador D/Dª Pascual Gimenez Gonsalvez y
Pascual Gimenez Gonsalvez.
Facultades del concursado: suspendido
Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. Jose Andreu Llopez,
economista colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal para
notificaciones y para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el Artículo 255 del TRLC: Avda. Maisonnave, 19-6º izda.
(03003)Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y
comunicaciones de crédito: andreuconcursal@andreuconcursal.es
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada
deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones
indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación del presente boe.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y
Procurador.
Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personación.
Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede
a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 413 del TRLC
de la Ley Concursal.
Elche, 29 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Jorge Cuellar Otón.
ID: A200053237-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-39516
Verificable en https://www.boe.es
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración
de concurso conforme al artículo 552 del TRLC.