IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39418)
VALENCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52359
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39418
VALENCIA
Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num.
000989/2019 habiéndose dictado en fecha 30 de octubre de 2020 por el Ilústrísimo
señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 4 de Valencia auto firme de
conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1º.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en
este Juzgado bajo el número de procedimiento 000989/2019, promovido por el
Procurador señor Bonacasa Fores, Eduardo Facundo, en nombre y representación
de la mercantil Tableros Castells, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones
sin más trámite, por insuficiencia de activos patrimoniales de la concursada.
2º.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración
y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación
3º.- Se acuerda disponer el cese de la Administración concursal I.Ley asesores
jurídicos y financieros, S.L., con CIF B98699903 representada por don Alfonso
Pérez Pretel con NIF Nº 26174374Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el
procedimiento concursal.
4º.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil concursada Tableros
Castells, S.A., con C.I.F. A46127114, procediendo en su caso al cierre de la hoja
de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase
testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que
contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC) y tiene
carácter de firme.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los
artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el
BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el
BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que
se entregarán al Procurador de la concursada Bocanasa Fores, Eduardo Facundo,
a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a
contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la
Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC
los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en
su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del
concurso.
Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado
cve: BOE-B-2020-39418
Verificable en https://www.boe.es
5º.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su
informe de fecha 30 de septiembre de 2020.
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52359
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39418
VALENCIA
Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num.
000989/2019 habiéndose dictado en fecha 30 de octubre de 2020 por el Ilústrísimo
señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 4 de Valencia auto firme de
conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1º.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en
este Juzgado bajo el número de procedimiento 000989/2019, promovido por el
Procurador señor Bonacasa Fores, Eduardo Facundo, en nombre y representación
de la mercantil Tableros Castells, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones
sin más trámite, por insuficiencia de activos patrimoniales de la concursada.
2º.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración
y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación
3º.- Se acuerda disponer el cese de la Administración concursal I.Ley asesores
jurídicos y financieros, S.L., con CIF B98699903 representada por don Alfonso
Pérez Pretel con NIF Nº 26174374Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el
procedimiento concursal.
4º.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil concursada Tableros
Castells, S.A., con C.I.F. A46127114, procediendo en su caso al cierre de la hoja
de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase
testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que
contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC) y tiene
carácter de firme.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los
artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el
BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el
BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que
se entregarán al Procurador de la concursada Bocanasa Fores, Eduardo Facundo,
a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a
contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la
Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC
los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en
su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del
concurso.
Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado
cve: BOE-B-2020-39418
Verificable en https://www.boe.es
5º.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su
informe de fecha 30 de septiembre de 2020.