II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos. (BOE-A-2020-13627)
Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, y se modifican el Tribunal calificador y el temario del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, convocado por Resolución de 6 de julio de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96469

Para la práctica de este ejercicio los opositores deberán ir provistos del documento
nacional de identidad o documento equivalente que acredite de forma indudable su
identidad.
Los aspirantes deberán acudir al centro asignado el día del examen, provistos de
mascarilla quirúrgica o de protección superior, así como de gel desinfectante y bolígrafos
propios de color azul o negro.
Durante el acceso al centro y la realización de la prueba, los aspirantes deberán
cumplir en todo momento con las medidas de seguridad y las instrucciones que le sean
indicadas por el personal responsable.
Como medida de seguridad, los aspirantes deberán llevar a la prueba únicamente el
material estrictamente necesario para la realización del examen.
Quinto.
Con fecha 7 de octubre de 2020, D.ª Ana M.ª Huerta Rivera, presentó escrito
mediante el cual renuncia a su condición de Vocal titular del Tribunal calificador del
proceso selectivo convocado por Resolución de 6 de julio de 2020 (BOE del 17), para
ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por promoción interna, en el
Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, por incurrir en la causa de abstención recogida en el
artículo 23.c de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta Subsecretaría acepta la renuncia presentada por D.ª Ana M.ª Huerta Rivera y,
en su lugar, designa a D.ª Alba González Aldea, funcionaria del Cuerpo de Ingenieros
Aeronáuticos, como vocal titular del Tribunal calificador.
Sexto.
Se introducen las siguientes modificaciones del temario:
En el anexo II, Materias generales, b) Marco institucional, donde dice: «3. Entidades
que ostentan la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración General
del Estado. Los negocios jurídicos previstos en el artículo 4.1.n) del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público», debe decir: «3. Encargos a medios propios
personificados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014».
En el anexo II, Materias específicas, c) Navegación aérea, donde dice: «46.
Certificación de proveedores de servicios de navegación aérea. Marco regulador
comunitario y Requisitos Comunes. Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de La
Comisión. Real Decreto 931/2010», debe decir: «46. Certificación de proveedores de
servicios de navegación aérea. Marco regulador comunitario y Requisitos Comunes.
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de la Comisión. Real Decreto 515/2020, de 12
de mayo».
En el anexo II, Materias específicas, d) Aeropuertos, aeródromos e instalaciones
aeroportuarias, donde dice: «79. Reglamento (CE) 1108/2009: requisitos esenciales para
aeródromos y bases de certificación», debe decir: «79. Reglamento (UE) 2018/1139:
requisitos esenciales para aeródromos y bases de certificación».

Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaria de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el plazo
de un mes desde el día siguiente a la fecha en que la relación provisional de admitidos y
excluidos adquiere carácter definitivo automáticamente, o bien recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, ante las
Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de

cve: BOE-A-2020-13627
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Séptimo.