III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2020-13667)
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de modificación de las líneas a 220 kV simple circuito Miranda de Ebro-Puentelarrá y Haro-Miranda de Ebro en el tramo comprendido entre los apoyos 37-1Bis y 1Bis-40 respectivamente, en los términos municipales de Ribera Baja (Araba/Álava) y de Miranda de Ebro (Burgos), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96747
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción del proyecto de modificación de las líneas a 220 kV simple
circuito Miranda de Ebro-Puentelarrá y Haro-Miranda de Ebro en el tramo
comprendido entre los apoyos 37-1Bis y 1Bis-40 respectivamente, en los
términos municipales de Ribera Baja (Araba/Álava) y de Miranda de Ebro
(Burgos), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica de España, S.A.U. (en lo sucesivo, REE), solicitó, mediante escrito de
fecha 19 de agosto de 2019, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción para la modificación de las líneas a 220 kV simple circuito
Miranda de Ebro-Puentelarrá y Haro-Miranda de Ebro en el tramo comprendido entre los
apoyos 37-1Bis y 1Bis-40, respectivamente, que discurre por los términos municipales de
Ribera Baja (Araba/Álava) y de Miranda de Ebro (Burgos).
Posteriormente, mediante escrito de fecha 9 de septiembre de 2019, REE solicitó
además la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto citado.
REE presenta Declaración Responsable, a los efectos de lo establecido en el
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, firmada en
fecha 6 de agosto de 2019.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Álava y en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos.
El expediente se inició y tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes.
El Ayuntamiento de Ribera Baja emite informe de fecha 12 de noviembre de 2019 no
favorable, al afectar la modificación de la línea Miranda de Ebro-Puentelarrá a diferentes
parcelas urbanas edificables de la Reparcelación aprobada de Sector Polígono Industrial
Arasur, Fase I. Establece que para informar favorablemente el expediente se deberá
reconsiderar la situación y emplazamientos de los nuevos apoyos, así como del nuevo
trazado entre el nuevo apoyo T38 Bis y el T39 existente, proponiendo un nuevo diseño
del trazado. Se presenta escrito de Araba Logistics, S.A., propietaria de las parcelas
afectadas, de fecha 9 de enero de 2019, en el que muestra su conformidad tanto con la
ubicación de los nuevos apoyos como con la modificación del trazado de la línea.
Teniendo en cuenta el citado escrito, el Ayuntamiento Ribera Baja emitió un segundo
informe, de fecha 10 de enero de 2020, en el que informa favorablemente el proyecto
presentado. REE contesta con una toma de razón.
El Ayuntamiento de Miranda de Ebro emite informe en el que no muestra oposición al
proyecto, si bien incluye una serie de condicionados técnicos que deberán ser tenidos en
cuenta por el promotor durante y tras la ejecución de los trabajos. REE contesta con una
toma de razón y aceptando expresamente los condicionados establecidos.
ADIF informa favorablemente, si bien expresa que su informe no exime que sea
necesario llevar a cabo posteriormente la previa tramitación del expediente
cve: BOE-A-2020-13667
Verificable en https://www.boe.es
13667
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96747
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción del proyecto de modificación de las líneas a 220 kV simple
circuito Miranda de Ebro-Puentelarrá y Haro-Miranda de Ebro en el tramo
comprendido entre los apoyos 37-1Bis y 1Bis-40 respectivamente, en los
términos municipales de Ribera Baja (Araba/Álava) y de Miranda de Ebro
(Burgos), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica de España, S.A.U. (en lo sucesivo, REE), solicitó, mediante escrito de
fecha 19 de agosto de 2019, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción para la modificación de las líneas a 220 kV simple circuito
Miranda de Ebro-Puentelarrá y Haro-Miranda de Ebro en el tramo comprendido entre los
apoyos 37-1Bis y 1Bis-40, respectivamente, que discurre por los términos municipales de
Ribera Baja (Araba/Álava) y de Miranda de Ebro (Burgos).
Posteriormente, mediante escrito de fecha 9 de septiembre de 2019, REE solicitó
además la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto citado.
REE presenta Declaración Responsable, a los efectos de lo establecido en el
artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, firmada en
fecha 6 de agosto de 2019.
El expediente fue incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Álava y en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos.
El expediente se inició y tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes.
El Ayuntamiento de Ribera Baja emite informe de fecha 12 de noviembre de 2019 no
favorable, al afectar la modificación de la línea Miranda de Ebro-Puentelarrá a diferentes
parcelas urbanas edificables de la Reparcelación aprobada de Sector Polígono Industrial
Arasur, Fase I. Establece que para informar favorablemente el expediente se deberá
reconsiderar la situación y emplazamientos de los nuevos apoyos, así como del nuevo
trazado entre el nuevo apoyo T38 Bis y el T39 existente, proponiendo un nuevo diseño
del trazado. Se presenta escrito de Araba Logistics, S.A., propietaria de las parcelas
afectadas, de fecha 9 de enero de 2019, en el que muestra su conformidad tanto con la
ubicación de los nuevos apoyos como con la modificación del trazado de la línea.
Teniendo en cuenta el citado escrito, el Ayuntamiento Ribera Baja emitió un segundo
informe, de fecha 10 de enero de 2020, en el que informa favorablemente el proyecto
presentado. REE contesta con una toma de razón.
El Ayuntamiento de Miranda de Ebro emite informe en el que no muestra oposición al
proyecto, si bien incluye una serie de condicionados técnicos que deberán ser tenidos en
cuenta por el promotor durante y tras la ejecución de los trabajos. REE contesta con una
toma de razón y aceptando expresamente los condicionados establecidos.
ADIF informa favorablemente, si bien expresa que su informe no exime que sea
necesario llevar a cabo posteriormente la previa tramitación del expediente
cve: BOE-A-2020-13667
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