II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-13643)
Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96527

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Pública, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública.
Aquellos que no ostenten la nacionalidad española deberán presentar declaración
jurada o promesa de no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni estar sometidos
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
d) Fotocopia compulsada, o para cotejar, del título académico exigido en la
convocatoria o certificación supletoria, según modelo oficial, en caso de no haber sido
expedido aún.
e) Fotocopia cotejada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos específicos que señala la base 2.2.a).
f) Fotocopia cotejada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos específicos que señala la base 2.2.b).
g) Declaración jurada de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción
en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma, en
concreto los documentos de los apartados a), c), d) y e), así como la b) caso de pertenecer
al colectivo de profesorado.
11.2 El Rector nombrará al candidato propuesto por la Comisión de Selección, en un
plazo máximo de treinta días hábiles desde el siguiente a la publicación de la propuesta de
provisión.
11.3 En caso de que el candidato propuesto no presente en tiempo y forma la
documentación requerida anteriormente, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán
sin efecto las actuaciones relativas al mismo.
11.4 El nombramiento, que especificará la denominación de la plaza, cuerpo y área
de conocimiento, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial
de la Generalitat Valenciana» y comunicados a los registros correspondientes y al Consejo
de Universidades.
11.5 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato deberá
tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario de
carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, si no se ostentase ya dicha
condición, con los derechos y deberes que le son propios.
11.6 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante
dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una
plaza en otra universidad.
12.

Base final

12.1 Contra los actos de la Comisión podrán los interesados interponer recurso de
alzada, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del acto impugnado, ante
el Rector.
12.2 Contra la presente convocatoria y sus bases que ponen fin a la vía administrativa,
la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE Asimismo, con
carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes
desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE, ante el mismo
órgano que ha dictado la resolución.

cve: BOE-A-2020-13643
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Núm. 292