IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-39355)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52295
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
39355
BARCELONA
EDICTO
Luis Felipe Martínez López, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona,
Hago saber:
Que en el concurso consecutivo 4453/2020, se ha dictado el auto nº 916/2020,
de fecha 20 de octubre de 2020, que declara concluido el concurso de Carmen
Arelis Roa Delgado, con DNI número 39.479.280-X, y le concede el beneficio de
exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), de manera definitiva.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(artículo 481.1 de la LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades
de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese
momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 20 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia,
Luis Felipe Martínez López.
cve: BOE-B-2020-39355
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200052732-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52295
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
39355
BARCELONA
EDICTO
Luis Felipe Martínez López, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona,
Hago saber:
Que en el concurso consecutivo 4453/2020, se ha dictado el auto nº 916/2020,
de fecha 20 de octubre de 2020, que declara concluido el concurso de Carmen
Arelis Roa Delgado, con DNI número 39.479.280-X, y le concede el beneficio de
exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), de manera definitiva.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(artículo 481.1 de la LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades
de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese
momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 20 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia,
Luis Felipe Martínez López.
cve: BOE-B-2020-39355
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200052732-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X