IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39380)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. IV. Pág. 52320

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

39380

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EDICTO
Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado
de lo Mercantil nº. 3 de Alicante con sede en Elche, anuncia:
Que en el Concurso de Acreedores núm. 000323/2011 referente a la mercantil
Ilicitana de Demoliciones y Excavaciones, S.A.U., con CIF nº A-03192622, por auto
de fecha 13 de octubre de 2020 se ha acordado lo siguiente:
1º.- Se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil Ilicitana de
Demoliciones y Excavaciones, S.A.U., el cual queda responsable del pago de los
créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2º.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y
disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el Administrador
concursal en su cargo.
3º.- Se acuerda la extinción de Ilicitana de Demoliciones y Excavaciones,
S.A.U., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción.
4º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o
derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo
procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (artículo 505.1 TRLC).
5º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al artículo 479.2
TRLC.
Elche, 14 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don
Jorge Cuéllar Otón.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X