IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39248)
VALENCIA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52100
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39248
VALENCIA
D. José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso voluntario
ordinario de acreedores núm. 805/2013 de la mercantil EDIFICA XXI, S.A. con CIF
n.° A82379348, habiéndose dictado en fecha 30 de julio de 2020 Auto cuya parte
dispositiva es del siguiente tenor:
"Parte dispositiva
Acuerdo:
1. Autorizar la venta directa de la finca registral n.° 65.853, inscrita en el
Registro de la Propiedad de Madrid 8 (Sección 2), al Torno 3197, Libro 1503, Folio
116 titularidad de la concursada EDIFICA XXI, S.A., con CIF A82379348 (que
ostenta la propiedad sobre el 35,30% del pleno dominio de la misma) por la
cantidad de 57.048,58 € más el IVA al oferente Oficinas de la Moraleja, S.L. con
CIF B-82262676, sin perjuicio de que si dentro de los diez días siguientes al último
de los anuncios se presentare mejor postor, se abrirá licitación entre todos los
oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar para licitar.
La adquisición se llevará a cabo por una de las sociedades vehículo vinculada
al grupo de Oficinas de la Moraleja, S.L., libre de todo tipo de cargas y
gravámenes, incluyendo las urbanísticas, y al corriente de gastos y tributos.
2. Expedir Edicto de venta directa de bien afecto a crédito privilegiado especial
para su publicación en Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 155.4 de la Ley Concursal, preferentemente por vía telemática tal y
como establece el artículo 23.3 de la Ley Concursal.
Si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare
mejor postor, se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza
que hayan de prestar para licitar.
3. Dar cuenta una vez transcurra el plazo sin haberse presentado licitadores
que mejoren la postura o en el caso de que se presenten.
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días a
contar desde el día siguiente al de su notificación ante este Tribunal.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe."
ID: A200052121-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-39248
Verificable en https://www.boe.es
Valencia, 30 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José
Víctor Sanz Gordón.
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52100
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39248
VALENCIA
D. José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso voluntario
ordinario de acreedores núm. 805/2013 de la mercantil EDIFICA XXI, S.A. con CIF
n.° A82379348, habiéndose dictado en fecha 30 de julio de 2020 Auto cuya parte
dispositiva es del siguiente tenor:
"Parte dispositiva
Acuerdo:
1. Autorizar la venta directa de la finca registral n.° 65.853, inscrita en el
Registro de la Propiedad de Madrid 8 (Sección 2), al Torno 3197, Libro 1503, Folio
116 titularidad de la concursada EDIFICA XXI, S.A., con CIF A82379348 (que
ostenta la propiedad sobre el 35,30% del pleno dominio de la misma) por la
cantidad de 57.048,58 € más el IVA al oferente Oficinas de la Moraleja, S.L. con
CIF B-82262676, sin perjuicio de que si dentro de los diez días siguientes al último
de los anuncios se presentare mejor postor, se abrirá licitación entre todos los
oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar para licitar.
La adquisición se llevará a cabo por una de las sociedades vehículo vinculada
al grupo de Oficinas de la Moraleja, S.L., libre de todo tipo de cargas y
gravámenes, incluyendo las urbanísticas, y al corriente de gastos y tributos.
2. Expedir Edicto de venta directa de bien afecto a crédito privilegiado especial
para su publicación en Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 155.4 de la Ley Concursal, preferentemente por vía telemática tal y
como establece el artículo 23.3 de la Ley Concursal.
Si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare
mejor postor, se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza
que hayan de prestar para licitar.
3. Dar cuenta una vez transcurra el plazo sin haberse presentado licitadores
que mejoren la postura o en el caso de que se presenten.
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días a
contar desde el día siguiente al de su notificación ante este Tribunal.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe."
ID: A200052121-1
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Valencia, 30 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José
Víctor Sanz Gordón.