III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-13605)
Resolución de 30 de septiembre de 2020, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundació Privada per a la Recerca i la Docència Sant Joan de Déu, para la vinculación con entidades del Sistema Sanitario de Salud, para el desarrollo de actividades de investigación y formación biomédica en el área temática de enfermedades raras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96426

Reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para contratar y obligarse, así
como el carácter o representación de los comparecientes, y
EXPONEN
I. Que el CIBER es un consorcio público estatal, cuyo fin fundamental es la
promoción y protección de la salud por medio del fomento de la investigación, tanto de
carácter básico como orientada a los aspectos clínicos y traslacionales, en el ámbito de las
siguientes áreas temáticas de investigación: Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina,
(CIBERBBN); Enfermedades Raras, (CIBERER); Enfermedades Respiratorias,
(CIBERES); Enfermedades Hepáticas y Digestivas, (CIBEREHD); Epidemiología y Salud
Pública, (CIBERESP); Salud Mental, (CIBERSAM); Diabetes y Enfermedades
Metabólicas, (CIBERDEM); y Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, (CIBEROBN);
Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES), Enfermedades Cardiovasculares
(CIBERCV) y Cáncer (CIBERONC). Consorcio promovido por el Instituto de Salud Carlos
III, O.A, M.P., con objeto de impulsar y colaborar en la investigación científica, desarrollo
del conocimiento y transferencia del mismo hacia la sociedad.
II. Según establece el artículo 6, apartado m), de los Estatutos del CIBER, es
función del Gerente aprobar los convenios de vinculación recogidos en los artículos 28
y 29. Además, según se establece en el artículo 28, de los estatutos del consorcio, el
Consejo Rector, previo informe del Director Científico e informe favorable de la Comisión
Permanente, podrá vincular al CIBER a los grupos de investigación clínica de los centros
del SNS cuya asociación sea necesaria para el desarrollo de los programas del CIBER
mediante convenios. Estos convenios podrán establecer las condiciones financieras de
participación en el CIBER.
III. Que la Fundació Privada per a la Recerca i la Docència Sant Joan de Déu,
como gestor de la investigación del Hospital Sant Joan de Déu de Esplugues de
Llobregat (Barcelona), está considerada como Agente de Cooperación Pública en los
términos definidos en la convocatoria de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa en el área de biomedicina y ciencias de la Salud al
amparo de la Resolución del 30 de marzo de 2006 (BOE 7 de abril) / 27 de marzo
de 2007 (BOE 19 de abril) del Instituto de Salud Carlos III.
Que tanto el CIBER como Fundació Privada per a la Recerca i la Docència Sant Joan
de Déu, en el marco de sus planes estratégicos, están de acuerdo en aunar esfuerzos
dentro del marco de competencias que es propio de cada uno de ellos, en desarrollar
actividades de investigación cooperativa multidisciplinar y traslacional así como,
promover la transferencia de resultados de investigación y desarrollo y atender a la
formación científica especializada en Biomedicina.
IV. Que el convenio de vinculación a celebrar ha sido aprobado por el Consejo
Rector celebrado el 13 de diciembre de 2019.
En virtud de lo expuesto, las partes, reconociéndose capacidad y competencia
suficiente para intervenir en este acto, proceden a firmar el presente convenio de
acuerdo con las siguientes

Primera. Objeto.
El objeto general del presente convenio es establecer el marco de colaboración
científica dentro del cual se van a desarrollar las relaciones entre el CIBER y Fundació
Privada per a la Recerca i la Docència Sant Joan de Déu, en concreto, a través del
Grupo de Leucemia y hemopatías pediátricas perteneciente a dicha institución, para
regular las relaciones jurídicas y la realización de cuantas actividades vinculadas a los
programas científico-técnicos de las partes se consideren de interés mutuo, y afecten a
objetivos a desarrollar conjuntamente por las instituciones firmantes, incluyendo

cve: BOE-A-2020-13605
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