III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2020-13599)
Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica Convenio para el año 2020 entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de drogodependencias con cargo al fondo de bienes decomisados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96385
Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 6 de julio
de 2020, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29
de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de Aragón la cantidad
de 100.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.
En virtud de ello,
ACUERDAN
Primero. Objeto.
Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del Fondo para el
desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La Delegación del Gobierno
para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de los referidos programas y
la Comunidad Autónoma de Aragón asume el compromiso material de su ejecución,
siendo éste el objeto del presente convenio.
Segundo. Obligaciones de las partes.
Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón
en el año 2020 se concretará en el desarrollo de los programas:
– Programa de incorporación social de personas con problemas de adicción.
Aragón 2020: 50.000,00 €.
– Intervención en adicciones con perspectiva de género: 50.000,00 €.
Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de
Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 100.000,00 euros con cargo al
concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del
Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados,
en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este
Fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos,
es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el BOE, de
conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la
Comunidad Autónoma de Aragón remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones
un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación
detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.
Vigencia y efectos.
La vigencia del presente Convenio se establece desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal y una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado con una duración hasta el 31
de diciembre de 2020, surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8
del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo, se desarrollarán por la
Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el ejercicio 2020.
Cuarto.
Extinción del Convenio.
El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2020-13599
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96385
Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 6 de julio
de 2020, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29
de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de Aragón la cantidad
de 100.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.
En virtud de ello,
ACUERDAN
Primero. Objeto.
Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del Fondo para el
desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La Delegación del Gobierno
para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de los referidos programas y
la Comunidad Autónoma de Aragón asume el compromiso material de su ejecución,
siendo éste el objeto del presente convenio.
Segundo. Obligaciones de las partes.
Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón
en el año 2020 se concretará en el desarrollo de los programas:
– Programa de incorporación social de personas con problemas de adicción.
Aragón 2020: 50.000,00 €.
– Intervención en adicciones con perspectiva de género: 50.000,00 €.
Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de
Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 100.000,00 euros con cargo al
concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del
Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados,
en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este
Fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos,
es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicación en el BOE, de
conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la
Comunidad Autónoma de Aragón remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones
un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación
detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.
Vigencia y efectos.
La vigencia del presente Convenio se establece desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal y una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado con una duración hasta el 31
de diciembre de 2020, surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8
del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo, se desarrollarán por la
Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el ejercicio 2020.
Cuarto.
Extinción del Convenio.
El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2020-13599
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Tercero.