III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Seguridad privada. (BOE-A-2020-13572)
Resolución de 20 de octubre de 2020, de la Jefatura de Armas y Explosivos y Seguridad, por la que se publica la relación de participantes declarados aptos en las pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro para personal de seguridad privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96109

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
13572

Resolución de 20 de octubre de 2020, de la Jefatura de Armas y Explosivos y
Seguridad, por la que se publica la relación de participantes declarados aptos
en las pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro para
personal de seguridad privada.

En virtud de lo dispuesto en la base 9 de la Resolución de 27 de septiembre de 2019,
de la Dirección General de la Guardia Civil («Boletín Oficial del Estado» número 243, de
9 de octubre de 2019), por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación
como instructor de tiro del personal de seguridad privada, cuya superación habilitará para
ejercer las funciones de dirección e instrucción de prácticas en el manejo de las armas del
personal de seguridad privada durante los ejercicios tanto de entrenamiento como de
calificación, se dispone lo siguiente:
Primero.
A propuesta del Tribunal calificador, según el Acuerdo de 20 de octubre de 2020, se
hace pública la relación de participantes que han superado las pruebas y reúnen los
requisitos de la convocatoria 2020 para la obtención de la habilitación como instructor de
tiro del personal de seguridad privada, siendo declarados aptos según se indica en el
Anexo I de la presente Resolución.
Segundo.
Para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el punto 9 de la
convocatoria, cada participante declarado apto deberá solicitar la expedición de la
documentación que le acredite como instructor de tiro del personal de seguridad privada,
utilizando el modelo de solicitud que se reproduce como Anexo II de la presente
Resolución.
La solicitud se presentará preferentemente en las Comandancias de la Guardia Civil
(Intervención de Armas y Explosivos), acompañando los siguientes documentos:
a)
b)

Dos fotografías, formato carné.
Documento nacional de identidad, o documento análogo.

Tercero.

Madrid, 20 de octubre de 2020.–El General de Brigada, Jefe de la Jefatura de Armas y
Explosivos y Seguridad de la Guardia Civil, Santiago Caballero Mendaña.

cve: BOE-A-2020-13572
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director
General de la Guardia Civil, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
la publicación la presente Resolución, en los términos establecidos en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.