II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Nombramientos. (BOE-A-2020-13499)
Acuerdo de 28 de octubre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se procede a la ampliación del número de jueces/zas sustitutos/as de la provincia de Córdoba y al nombramiento urgente de jueces sustitutos para el año judicial 2020/2021, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. II.A. Pág. 95879
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
13499
Acuerdo de 28 de octubre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se procede a la ampliación del número
de jueces/zas sustitutos/as de la provincia de Córdoba y al nombramiento
urgente de jueces sustitutos para el año judicial 2020/2021, en el ámbito del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día de la fecha, ha acordado ampliar en una las plazas de jueces/zas sustitutos/as de los
Juzgados de Córdoba, Aguilar de la Frontera, Baena, Cabra, Lucena, Montilla, Montoro,
Peñarroya-Pueblonuevo, Posadas, Pozoblanco, Priego de Córdoba, Puente Genil
(Córdoba), y nombrar para el año judicial 2020/2021, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a los
jueces sustitutos que a continuación se relacionan, en el ámbito del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla:
M.ª José García Cárdenas y Jesús Palomares Moreno, jueces/zas sustitutos/as de
los Juzgados de Córdoba, Aguilar de la Frontera, Baena, Cabra, Lucena, Montilla,
Montoro, Peñarroya-Pueblonuevo, Posadas, Pozoblanco, Priego de Córdoba, Puente
Genil (Córdoba).
Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá
interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último
caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya
resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2020-13499
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de octubre de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. II.A. Pág. 95879
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
13499
Acuerdo de 28 de octubre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se procede a la ampliación del número
de jueces/zas sustitutos/as de la provincia de Córdoba y al nombramiento
urgente de jueces sustitutos para el año judicial 2020/2021, en el ámbito del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día de la fecha, ha acordado ampliar en una las plazas de jueces/zas sustitutos/as de los
Juzgados de Córdoba, Aguilar de la Frontera, Baena, Cabra, Lucena, Montilla, Montoro,
Peñarroya-Pueblonuevo, Posadas, Pozoblanco, Priego de Córdoba, Puente Genil
(Córdoba), y nombrar para el año judicial 2020/2021, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a los
jueces sustitutos que a continuación se relacionan, en el ámbito del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla:
M.ª José García Cárdenas y Jesús Palomares Moreno, jueces/zas sustitutos/as de
los Juzgados de Córdoba, Aguilar de la Frontera, Baena, Cabra, Lucena, Montilla,
Montoro, Peñarroya-Pueblonuevo, Posadas, Pozoblanco, Priego de Córdoba, Puente
Genil (Córdoba).
Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá
interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último
caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya
resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
cve: BOE-A-2020-13499
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de octubre de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X