II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2020-13476)
Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 3 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 95734

orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones. A tales efectos
la valoración de los méritos deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en el artículo 45.5
del R.D. 364/1995 de 10 de marzo).
Séptima.

Comisión de Valoración.

1. La valoración de los méritos y la consiguiente propuesta de adjudicación de cada
uno de los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación, será realizada por
una Comisión de Valoración designada por la autoridad convocante, y estará compuesta por:
– El Secretario General de ICAC, o persona en quien delegue que actuará como
Presidente.
– Un funcionario de la Subsecretaría.
– Tres funcionarios del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, uno de los
cuales actuará como Secretario.
– Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más representativas
y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las
Administraciones Públicas, o en el ámbito de este concurso, según lo previsto en el
artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de grupo
de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados. Deberán, además,
poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los
convocados.
La Comisión podrá solicitar autorización para que, en sus tareas, colaboren expertos
con voz pero sin voto.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente
convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el
acta que se levantará al efecto.

1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona
participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los
procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso,
antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Organismo. (http://www.icac.meh.es/)
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá hasta
la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la fecha de la
reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud en
sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día

cve: BOE-A-2020-13476
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.