IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-38991)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 3 de noviembre de 2020

Sec. IV. Pág. 51793

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

38991

BARCELONA

Edicto
Doña M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de
Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad
al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso consecutivo 2898/2019 Sección: /
NIG: 0801947120198031800
Fecha del auto de declaración: 23/10/2020.
Clase de concurso: Consecutivo.
Entidad concursada: Elisabet Sanchez Gonzalez, con 46814183Y.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
JOAN HARO BENAVENTE.
Dirección postal: Ronda General Mitre, 126, 2.º 2.ª, 08021 - Barcelona.
Dirección electrónica: jharo@joanharo.com
Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.
Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de
abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Barcelona, 24 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
M. José Hompanera González.
ID: A200051963-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es