V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2020-33982)
Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, por la que se procede a la corrección de errores relativa a la Información Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias – Alta Velocidad, "Proyecto constructivo de la nueva estación de Ezkio/Itsaso de la nueva Red Ferroviaria en el País Vasco" Expediente 088ADIF2008, provincia de Gipuzkoa, en el municipio de Ezkio/Itsaso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. V-B. Pág. 45294
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
33982
Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, por la que
se procede a la corrección de errores relativa a la Información Pública
correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita
con motivo de las obras del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias – Alta Velocidad, "Proyecto constructivo de la nueva
estación de Ezkio/Itsaso de la nueva Red Ferroviaria en el País Vasco"
Expediente 088ADIF2008, provincia de Gipuzkoa, en el municipio de
Ezkio/Itsaso.
Advertida la ausencia de la relación individualizada de los bienes y derechos
en la publicación de 30 de septiembre de 2020, BOE nº 259, se procede a efectuar
la oportuna corrección incorporando la transcripción literal de la Resolución
anteriormente señalada.
ADIF-Alta Velocidad, el 12 de agosto de 2020, insta la incoación del expediente
de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras del proyecto, el cual ha sido debidamente aprobado con fecha 26 de
febrero de 2020.
En su virtud, y a los efectos señalados en el Titulo II, Capitulo II, de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento para su
aplicación, esta Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa en virtud de la
Resolución de 12 de junio de 2015 (BOE nº 155 de 30 de junio de 2015), de la
Secretaría General de Infraestructuras sobre delegación de competencias en
materia de expropiación forzosa, en relación con las obras ferroviarias de
construcción de la Línea de Alta Velocidad Vitoria-Bilbao/Irún (Nueva Red
Ferroviaria en el País Vasco), ha resuelto abrir información pública durante un
plazo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de publicación en el
Boletín Oficial del Estado en la forma dispuesta en el artículo 17 del reglamento de
26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y
todas las demás personas y entidades que se estimen afectadas por la ejecución
de las obras puedan formular por escrito ante esta Subdelegación del Gobierno,
las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la ley de
expropiación forzosa y en el artículo 56 del reglamento para su aplicación.
Además, podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales de
la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, ubicado en la plaza de Pío XII, 6,
20071-Donostia-San Sebastián, como en los respectivos Ayuntamientos afectados
por la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.
Del mismo modo esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de lo dispuesto
cve: BOE-B-2020-33982
Verificable en https://www.boe.es
Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 38/2015 de 29 de
septiembre del Sector Ferroviario, Título II Capítulo II sobre Planificación, Proyecto
y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés
general. Lo que implica que la aprobación del proyecto referenciado en el
encabezamiento del presente escrito, conlleve la declaración de utilidad pública o
interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma
a efectos de la expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y
concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. V-B. Pág. 45294
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MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
33982
Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, por la que
se procede a la corrección de errores relativa a la Información Pública
correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita
con motivo de las obras del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias – Alta Velocidad, "Proyecto constructivo de la nueva
estación de Ezkio/Itsaso de la nueva Red Ferroviaria en el País Vasco"
Expediente 088ADIF2008, provincia de Gipuzkoa, en el municipio de
Ezkio/Itsaso.
Advertida la ausencia de la relación individualizada de los bienes y derechos
en la publicación de 30 de septiembre de 2020, BOE nº 259, se procede a efectuar
la oportuna corrección incorporando la transcripción literal de la Resolución
anteriormente señalada.
ADIF-Alta Velocidad, el 12 de agosto de 2020, insta la incoación del expediente
de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras del proyecto, el cual ha sido debidamente aprobado con fecha 26 de
febrero de 2020.
En su virtud, y a los efectos señalados en el Titulo II, Capitulo II, de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento para su
aplicación, esta Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa en virtud de la
Resolución de 12 de junio de 2015 (BOE nº 155 de 30 de junio de 2015), de la
Secretaría General de Infraestructuras sobre delegación de competencias en
materia de expropiación forzosa, en relación con las obras ferroviarias de
construcción de la Línea de Alta Velocidad Vitoria-Bilbao/Irún (Nueva Red
Ferroviaria en el País Vasco), ha resuelto abrir información pública durante un
plazo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de publicación en el
Boletín Oficial del Estado en la forma dispuesta en el artículo 17 del reglamento de
26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y
todas las demás personas y entidades que se estimen afectadas por la ejecución
de las obras puedan formular por escrito ante esta Subdelegación del Gobierno,
las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la ley de
expropiación forzosa y en el artículo 56 del reglamento para su aplicación.
Además, podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales de
la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, ubicado en la plaza de Pío XII, 6,
20071-Donostia-San Sebastián, como en los respectivos Ayuntamientos afectados
por la ejecución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.
Del mismo modo esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de lo dispuesto
cve: BOE-B-2020-33982
Verificable en https://www.boe.es
Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 38/2015 de 29 de
septiembre del Sector Ferroviario, Título II Capítulo II sobre Planificación, Proyecto
y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés
general. Lo que implica que la aprobación del proyecto referenciado en el
encabezamiento del presente escrito, conlleve la declaración de utilidad pública o
interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma
a efectos de la expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y
concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.