III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Ayuntamiento de Espiel. Convenio. (BOE-A-2020-11926)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Espiel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85279
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
11926
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Espiel.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Espiel un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
de esta Resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 2020.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) de colaboración en materia de
gestión catastral
En Madrid y Espiel, a veinticinco de septiembre del año dos mil veinte.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, del 31) en ejercicio
de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17 de la Orden
HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los
límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y
ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE del 20).
De otra parte don José Antonio Fernández Romero, Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Espiel, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
cve: BOE-A-2020-11926
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85279
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
11926
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Espiel.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Espiel un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
de esta Resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 2020.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) de colaboración en materia de
gestión catastral
En Madrid y Espiel, a veinticinco de septiembre del año dos mil veinte.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, del 31) en ejercicio
de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17 de la Orden
HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los
límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y
ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE del 20).
De otra parte don José Antonio Fernández Romero, Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Espiel, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
cve: BOE-A-2020-11926
Verificable en https://www.boe.es
Primero.