III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11952)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Universidad Francisco de Vitoria, relativo a la colaboración en estudios de grado/postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Miércoles 7 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 85476

ANEXO TÉCNICO N.º….
Al Convenio entre el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas, O.A., M.P. (CIEMAT) y la Universidad Francisco de Vitoria relativo a la
colaboración en estudios de grado/postgrado
El Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(CIEMAT) durante el curso 20.../20..., acogerá al estudiante abajo consignado, según los
términos establecidos en el Convenio para Estudios de Grado/Postgrado con fecha.........
de............................. de.........., del que el presente documento es Anexo inseparable.
Nombre del estudiante:
De (curso

), de (programa de estudios

)

NIF:
Teléfono:

, e-Mail:

Tutor en la Univ.:
Facultad de:
Teléfono:

, Departamento de la Univ.:
, e-Mail:

Tutor en CIEMAT:
Departamento del CIEMAT:

(Cargo):

Teléfono:
, e-Mail:
Duración de la estancia:
De:
(día/mes/año), hasta:
Objetivos, breve descripción y desglose de tareas del proyecto:

(día/mes/año)

Las actividades del estudiante se desarrollarán en el domicilio de la entidad colaboradora,
sito en Av. Complutense, 40, 28040 Madrid (podría variar el domicilio para estancias en otros
centros pertenecientes a CIEMAT), (indicar si también están previstas actividades en otros
lugares diferentes al domicilio de la entidad colaboradora), desarrollándose los días...........
(indicar los días de la semana y el horario. En su caso se distinguirá en función de los turnos de
mañana o de tarde).
El alumno se compromete a respetar la normativa del Centro y a aprovechar al máximo las
posibilidades de las tareas de prácticas que se le ofrecen. Asimismo, mantendrá absoluta
reserva sobre los acontecimientos y documentos que resulten del trabajo realizado con motivo de
su incorporación al programa formativo y de cualquier otra información, oral o escrita, de la que
pueda tener conocimiento, esté incluida o no en el Programa.
Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como consecuencia de
la actividad desarrollada por el alumno dentro del programa de prácticas, serán de propiedad
exclusiva del CIEMAT, sin perjuicio del reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual
que pudieran corresponderle como autor o inventor.
En el supuesto de causar baja antes de completar el programa formativo y de las
prácticas a él correspondientes, el alumno se compromete a comunicar a la Universidad
dicha baja en el plazo de siete días contados a partir de la fecha en que aquélla se produzca.

cve: BOE-A-2020-11952
Verificable en https://www.boe.es

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